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Se sancionó la ley de «alivio fiscal» para monotributistas

El Senado aprobó por unanimidad el proyecto del presidente de la Cámara de Diputados Sergio Massa. Nuevas escalas, moratorias y cambios clave en el régimen.

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La Cámara de Senadores convirtió en ley este jueves, por unanimidad, el proyecto de ley que determina un alivio fiscal para los contribuyentes del régimen monotributo.

La iniciativa lleva la firma del presidente de Diputados, Sergio Massa, y había recibido media sanción en la cámara baja hace dos semanas.

Entre los puntos salientes, la nueva ley actualiza las escalas y retrotrae los valores de las cuotas a diciembre del año pasado para cada una de las categorías.

La iniciativa, que aplicará la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), amplía las escalas a partir de julio de este año de manera tal que en los hechos eleva entre el 35 y el 77% los topes de Ingresos Brutos para cada una de las categorías.

Con los cambios introducidos en el nuevo proyecto, el tope de Ingresos Brutos de la categoría «A» (la más baja de todas) que tenía que pasar de $208.739 a $282.424, quedará en $370.000.

También se incorporan beneficios para aquellos contribuyentes que facturaron por encima del tope de la máxima categoría de manera tal que puedan permanecer en el régimen simplificado y no tengan que pasar al régimen general de autónomos.

La propuesta incluye además un plan de regularización de deuda para los contribuyentes del régimen de hasta 60 cuotas con un interés mensual que no podrá superar una tasa mensual del 1,5%.

A su vez, se dispone una amplia moratoria que beneficia a los caídos del sistema en los últimos tres años.

Esto se combina con «un beneficio de liberación de multas y demás sanciones correspondientes a infracciones formales cometidas hasta el 31 de julio del 2021 que no se encontraran firmes ni abonadas», según explicó Heller en su exposición.

El «alivio fiscal» apunta a alcanzar a cuatro millones de monotributistas.

Sólo podrán acceder al «alivio fiscal» aquellos monotributistas con ingresos totales de no más de 5,5 millones de pesos anuales, equivalentes a una vez y media la máxima categoría del régimen, para no favorecer a contribuyentes con ingresos y patrimonios importantes que abusan del régimen simplificado y se ocultan en el monotributo.

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