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Revés final para Pablo Micheli en la CTA Autónoma

La Corte Suprema de Justicia desestimó los recursos presentados por el ex secretario general de la central sindical, sobre las elecciones de renovación de autoridades de 2018.

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Un reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación acabó con las intenciones de Pablo Micheli de retornar a la conducción de la CTA Autónoma y ratificó el triunfo de Ricardo Peidro en las elecciones de autoridades de 2018 en la central.

El máximo tribunal desestimó los recursos presentados por el ex secretario general de la CTAA, el estatal Micheli, sobre el proceso electoral que consagró al Peidro, y aseguraró que «no existe una cuestión federal».

La CTA que coconducen en la actualidad Hugo Godoy y Peidro señaló que el fallo judicial demostró que «no hubo violación a la libertad sindical y tampoco al Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que había alegado Micheli para realizar la presentación».

De esta manera, la Corte otorgó validez plena al proceso electoral de 2018, que había consagrado a la conducción que encabezó Peidro hasta 2022, cuando se realizaron nuevos comicios y asumió Godoy junto con autoridades provinciales, locales y regionales.

«En el contexto de la decisión de la Corte hubo cuestiones de forma oportuna alegadas por el Ministerio de Producción y Trabajo en la administración de Jorge Triaca. Entonces se cuestionó un elemento fundamental en los procesos electorales sindicales y en la instancia administrativa previa a la garantía judicial, en la que el recurso es directo ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y sus efectos suspensivos. Es imprescindible para las consecuencias del retardo o denegatoria de la autoridad de aplicación», afirmó la CTAA.

También aseguró que la cartera laboral de Mauricio Macri procuró arrogarse atribuciones para litigar en una instancia judicial que no le correspondía, por lo que «no solo la CTAA derrotó la indebida demanda de Micheli sino también la indebida injerencia de Triaca».

Los dirigentes enfatizaron que de manera oportuna la Cámara del Trabajo denegó esa facultad y alegó que su oportunidad procesal estaba agotada al existir una resolución administrativa definitiva, por lo que señalaron que «se trató de una batalla librada a favor de la libertad y democracia sindical, que caracteriza a la central desde su fundación, y de la legitimidad de las autoridades electas por el voto directo y secreto de los afiliados».

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