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INFORMACIÓN GENERAL

Punto por punto: Así serán las licencias laborales por coronavirus

La ampliación de licencias fue definida por el ministerio de Trabajo de la Nación en línea con lo dispuesto por el presidente Alberto Fernández.

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El gobierno nacional amplió las licencias laborales para empleados públicos y privados, dando cumplimiento a las medidas preventivas aconsejadas por el ministerio de Salud ante la propagación del coronavirus.

A partir de este martes, se implementará la licencia de trabajo por 14 días para mayores de 60 años, embarazadas y personas con afecciones de salud crónicas, para evitar el avance del virus Covid-19.

Además, les ordenó a los empleadores que decidan permitirle a su personal cumplir con las tareas habituales desde la casa, notificar sobre esta situación a la ART a la cual estuvieran afiliados.

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En la Decisión Administrativa 390/2020, el Jefe de Gabinete enumeró las licencias para la administración pública.

Se estableció que se «dispensarán del deber de asistencia a su lugar de trabajo, a partir de la publicación de la presente y por el plazo de catorce (14) días corridos» a quienes integren las Plantas Permanentes o Plantas Transitorias, sea personal de Gabinete, contratado temporal o tenga cualquier otra «vinculación jurídica de prestación de servicios de carácter laboral y/o personal» con el Estado «a fin de que realicen sus tareas habituales u otras análogas en forma remota».

Punto por punto: Licencias para empleados públicos y privados con modalidad de trabajo a distancia

📌 Se autoriza a todos los agentes del sector público nacional a no concurrir al lugar de trabajo. Podrán trabajar desde sus domicilios en cualquiera de las modalidades de contratación.

📌 No están exceptuados los agentes del sector público que presten servicios esenciales según lo determinen las autoridades de cada jurisdicción y que no puedan ser realizados desde sus domicilios.

📌 Se otorgan licencias a todos los agentes del sector público y privado que tengan hijos menores escolarizados. En este caso, la licencia se otorga a uno de los padres y/o tutores.

📌 Embarazadas, mayores de 60 y grupos de riesgo de los sectores publico y privado quedan liberados de concurrir a su lugar de trabajo.

📌 Los mayores de 60 que cumplan servicios esenciales deberán concurrir a su lugar de trabajo.

📌 Todo el personal del servicio público y privado de salud se considera servicio esencial. Embarazadas y grupos de riesgo con enfermedades crónicas nunca podrán ser considerados personal esencial.

📌 Se recomienda a las empresas del sector privado que trabajen con la mínima cantidad de empleados. Y que adopten medidas para trabajar a distancia.

📌 Se insta a todos los niveles gubernamentales, provinciales y municipales, a sumarse a estas medidas.

Respecto a los trabajadores del ámbito privado, la resolución 207/2020 del ministerio de Trabajo hace referencia al mismo grupo de trabajadores que la disposición de Gabinete, es decir, mayores de 60, embarazadas y empleados con afecciones crónicas.

«Suspéndase el deber de asistencia al lugar de trabajo por el plazo de CATORCE DIAS (14) días, con goce íntegro de sus remuneraciones», se expresa.

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En otra de las Resoluciones, la Superintendencia de Riesgo de Trabajo (SRT) les remarcó a los empleadores del sector privado que habiliten a su personal a cumplir con las tareas habituales desde su casa, que deberán informar de esta situación a la Aseguradora de riesgos de Trabajo (A.R.T.) a la que estuvieran afiliados.

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