Convenios colectivos actualizados
Vitivinícolas y viñateros: Nuevo incremento salarial a partir de marzo de 2011
Vitivinícolas y viñateros CCT 85/1989 y 154/1991.
Con fecha 22 de marzo de 2011 la Federación de Obreros y Empleados Vitivinícolas y las cámaras representativas de la actividad vitivinícola y viñatera firmaron un nuevo acuerdo que establece incrementos salariales remuneratorios y no remuneratorios para el período comprendido entre marzo de 2011 y febrero de 2012 inclusive para todos los trabajadores alcanzados por los convenios colectivos de trabajo 85/1989 y 154/1991.
Las Cámaras firmarmantes del acuerdo fueron:
La Cámara Argentina de Exportadores de Mosto,
Bodegas de Asociación Civil,
Centro de Viñateros y Bodegueros del Este,
La Unión Vitivinicola Argentina,
La Asociación Cooperativas Vitivinícolas
La Asociación Viñateros Mendoza
Proporcionalidad
Los incrementos remunerativos serán abonados en su totalidad a aquellos trabajadores que en el mes correspondiente cumplan con la totalidad de las jornadas hábiles de dicho mes. En su defecto, se liquidarán en forma proporcional. Igualmente serán reconocidos en aquellas jornadas en que el trabajador sea acreedor a cualquier de las licencias pagas que prevea la LCT y el convenio Colectivo.
Contribución extraordinaria para empleadores
Por el período comprendido entre los meses de Marzo a Noviembre del 2011, inclusive, los empleadores se obligan a realizar una contribución extraordinaria de $29 por trabajador y por mes, con destino a la Obra Social en la que se encuentre afiliado cada trabajador en forma proporcional a la jornada trabajada. Dicha contribución será de $24 en el mes de diciembre de 2011 y de $ 33 para enero 2012.
Cláusula de absorción
Los incrementos acordados incluyen y se absorberán hasta su concurrencia la totalidad de cualquier adicional o incremento futuro, remuneratorio o no remuneratorio que se haya otorgado hasta el 28 de febrero de 2012.
Valor para el Tacho de Uva o Gamela
Las partes fijaron un valor mínimo por tacho o gemela de uva de la cosecha 2011, en la suma de $1,95 como neto de bolsillo para el trabajador. En consecuencia, se establece un precio bruto de $2,35 por unidad, que incluye el proporcional del SAC (8,33%), licencia ordinaria vacacional (4%) y los aportes a la seguridad social.
El Acuerdo se encuentra a la fecha, pendiente de homologación por parte del Ministerio de Trabajo.