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Nuevo amparo contra el DNU: la Justicia falla a favor de los Viajantes de Comercio

La federación había presentado un recurso de amparo para declararlo inconstitucional.

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La Federación Única de Viajantes de Comercio de la Argentina (FUVA) recibió el fallo favorable por parte del Juzgado Nacional de 1era Instancia, tras presentar un recurso de amparo para que se declare inconstitucional el Título IV “Trabajo” del DNU 70/2023 que sancionó el Gobierno nacional que preside Javier Milei.

Según lo fundamentado por la organización sindical, el “megadecreto” no reúne ninguna de las exigencias del artículo 99, inciso 3) de la Constitución Nacional; implica una ilegítima asunción de potestades legislativas; no se configura ningún supuesto objetivo de “necesidad y urgencia;, y no existe imposibilidad alguna de que se reúna el Congreso, y prueba cabal es que el propio Poder Ejecutivo, convocó a sesiones extraordinarias.

Además, señaló que en el caso particular de la ley 14.546 conocida como “Estatuto del Viajante”, la cual pretende ser derogada, es “inválido como acto jurídico y administrativo, ya que carece de fundamento propio”. En tanto, advirtieron que combinada con la reducción del ámbito de aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo, producirá “una radical y profunda degradación en los niveles de protección”.

“La eliminación sin ningún tipo de fundamento significa la exclusión de la regulación de la forma de trabajo, de ser remunerados, la eliminación de todo un instituto previsto como es la indemnización por clientela, la clandestinidad laboral impune, y sin consecuencias, y, desde la perspectiva de la representación colectiva, un propósito muy visible de retacear medios de acción colectiva, de limitar las reuniones sindicales, y de afectar el funcionamiento de las asociaciones sindicales”, agregaron en la presentación.

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Recordemos que desde la FUVA, que preside Luis María Cejas, ya se habían declarado en alerta a pocas horas de presentada la medida por parte del ejecutivo nacional, manifestando el asombro y calificándola como “arbitraria y unilateral”. “No existe necesidad ni urgencia”, aseveraron en ese entonces.

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Cabe destacar que se trata de la tercera resolución judicial desde que se habilitó la Feria en contra del DNU de Milei, ya que anteriormente se le había dado lugar a los amparos presentados por parte de la Confederación General del Trabajo (CGT) y la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA).

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