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ANÁLISIS Y OPINIÓN

Dos proyectos de ley para aumentar en una semana las vacaciones

La ley actual establece un mínimo de 14 días de vacaciones, dos proyectos buscan aumentar ese mínimo a 21 días

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Dos proyectos de ley fueron presentados en el Congreso de la Nación para extender a 21 días el periodo mínimo de la licencia ordinaria por vacaciones que actualmente es de 14 días, según lo establecido por la ley 20744 de Contrato de trabajo.

Uno de los proyecto fue presentado por el Diputado Héctor Recalde, y el otro por la Diputada por Chubut, Nancy González, ambops del Frente para la Victoria (FPV).

Entre los fundamentos de los proyecto, se considera que los plazos actuales son exiguos, considerando que, hoy en día, se advierte un importante nivel de rotación de los trabajadores, por lo cual pocos son los que llegan a 5 años de antigüedad como para poder así gozar de 21 días.

Régimen actual de licencia por vacaciones
El régimen actual de licencia por vacaciones esta normado por por la LCT 20.744 en su artículo 150, y establece lo siguiente:

El trabajador gozará de un período mínimo y continuado de descanso anual remunerado por los siguientes plazos:

a) De catorce (14) días corridos cuando la antigüedad en el empleo no exceda de cinco (5) años.
b) De veintiún (21) días corridos cuando siendo la antigüedad mayor de cinco (5) años no exceda de diez (10).
c) De veintiocho (28) días corridos cuando la antigüedad siendo mayor de diez (10) años no exceda de veinte (20).
d) De treinta y cinco (35) días corridos cuando la antigüedad exceda de veinte (20) años.

El proyecto del Diputado Recalde
El protecto del diputado Héctor Recalde,  apunta a equiparar a todos los dependientes cuya antigüedad no sea superior a 10 años, otorgándoles 21 días de vacaciones corridos, quedando los períodos de la siguiente manera:

a) 21 días corridos, cuando la antigüedad en el empleo no exceda de 10 años.
b) 28 días corridos, cuando siendo la antigüedad mayor de 10 años no exceda de 20.
c) De 35 días corridos, cuando la antigüedad exceda de 20 años.

El proyecto de la Diputa González
La legisladora chubutense Nancy González, del Frente para la Victoria, también presentó un proyecto que busca lograr modificaciones en materia de vacaciones.

Según este proyecto, el trabajador gozará de un período mínimo y continuado de descanso anual remunerado por los siguientes plazos:

a) de veintiún (21) días corridos cuando la antigüedad en el empleo no exceda de 5 años;
b) de veintiocho (28) días corridos cuando siendo la antigüedad mayor de 5 años no exceda de 10;
c) de treinta y cinco (35) días corridos cuando la antigüedad siendo mayor de 10 años no exceda de 20;
d) de cuarenta y dos (42) días corridos cuando la antigüedad exceda de 20 años.

El Diputado Recalde, afirma que la solución es aumentar el plazo mínimo legal de 14 días corridos a 21 días pra equiparar a todos los dependientes cuya antigüedad no sea superior a los 10 años. Pero  conserva los plazos de 28 y 35 días corridos para las restantes categorías que superen los 10 años de permanencia en su empleo.

En tanto el proyecto de la Diputada González, a diferencia del proyecto de Recalde, el proyecto de la Diputada Gonzalez incrementa todos los períodos de licencia en una semana.

Los fundamentos
El Diputado Recalde explicó que «no pocas empresas otorgan a sus trabajadores un plazo mínimo de descanso de 3 semanas, generando así una verdadera desigualdad con respecto a aquellos trabajadores que gozan solamente de las dos semanas prescriptas por la ley».

Y remarcó que así es posible «denominar correctamente al instituto que se regula en dicho artículo. El descanso anual remunerado o vacaciones es un instituto diferente a las licencias, tiene un fin y objetivo distinto, por ello, es necesario su correcta denominación».

En los fundamentos del proyecto de la legisladora González se enfatizó que «no caben dudas de la vital importancia que tiene un descanso anual adecuado y suficiente para los trabajadores que prestan sus servicios y están a disposición del empleador durante todo el año».

«Tanto es así que la misma Ley de Contrato de Trabajo, en su artículo 162, establece la prohibición de la compensación de las vacaciones mediante dinero. Esto tiene su fundamento en la necesidad de que el trabajador goce de un verdadero descanso», agregó.

Ambos legisladores se remitieron al Convenio 132 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que, específicamente, se refiere a las vacaciones anuales pagadas, donde se estableció de manera indiscutible que debe haber un mínimo de días de descanso anuales establecido por las leyes de cada país.

Fuentes: iProfesional.com – diputados

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