El Programa de Recuperación Productiva (Repro 2) tendrá su versión sobre los sueldos correspondientes al mes de junio. La medida fue oficializada este miércoles a través la Resolución 341/2021 del Boletín Oficial.
En tanto, el Ministerio de Trabajo de la Nación fijó un período de inscripción desde el próximo viernes 25 de este mes y hasta el próximo jueves 1 de julio.
La extensión de la iniciativa tiene como objetivo “afrontar la situación económico y social producto de la pandemia” y prorrogar el programa “en idénticas condiciones sobre las medidas transitorias dictadas”.
“También extendemos el Repro a las trabajadoras y trabajadores independientes de sectores críticos, especificando las particularidades necesarias para este período”, detalló el decreto.
Cuáles son las condiciones para acceder
-La facturación del período 1 al 22 de junio del 2019 y 1 al 22 de junio del 2021 deberá presentar una reducción superior al 20% en términos reales.
-El indicador de liquidez corriente de mayo pasado deberá presentar un valor máximo que será definido por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro II.
Cabe destacar que en caso de existir inconsistencia entre la información de facturación declarada en el formulario Repro II y la del registro de la AFIP, se exigirá la devolución de los montos otorgados.
El esta versión, el monto alcanzará los $22.000 en la salud; los críticos de hasta $12.000 pasará por disposición transitoria a $22.000; y los no críticos recibirán hasta $9.000.
Por otra parte, tanto los trabajadores monotributistas como autónomos de sectores críticos accederán al beneficio y podrán inscribirse en el mismo período de inscripción.