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UOCRA: 24% de incremento salarial

Es del 24% el incremento salarial, mas asignación no remunerativa, para los trabajadores de la construcción encuadrados en el CCT 76/75.

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La Unión Obrera de la Construacción de la Republica Argentina (UOCRA) y por el sector empresario, la Cámara Argentina de la Construcción, la Federación Argentina de Entidades de la Construcción y el Centro de Arquitectos, Ingenieros, Constructores y Afines han alcanzado un acuerdo salarial con fecha 25 de abril de 2011.

En el mencionado acuerdo se establece un incremento salarial del 24% para los empleados del CCT 76/75 que se aplicará escalonadamente de la siguiente manera:

•En abril, un 12% calculado sobre los salarios básicos vigentes al 31 de marzo de 2011
•En Agosto, un 6% calculado sobre los salarios básicos vigentes al 31 de Julio de 2011
•En Noviembre, un 6% calculado sobre los salarios básicos vigentes al 31 de Octubre de 2011
Además, se establece para los meses de Mayo, Julio, Septiembre y Octubre el pago de 4 sumas no remunerativas que se efectivizarán según se detalla:

a) Zona «A».

•Sereno $ 480 pesos,
•Ayudante $510
•Medio oficial $ 560
•Oficial $600
•Oficial especializado $710 pesos.
b) Zona «B».

•Sereno $ 533
•Ayudante $ 566
•Medio oficial $ 622
•Oficial $ 666
•Oficial especializado $ 788
c) Zona «C».

•Sereno $ 899
•Ayudante $ 945
•Medio oficial $ 984
•Oficial $ 1009
•Oficial especializado $ 1090
d) Zona «C» Austral.

•Sereno $ 960
•Ayudante $ 1020
•Medio oficial $ 1120
•Oficial $ 1200
•Oficial especializado $ 1420
Pagaderos con los haberes de las segundas quincenas de mayo/julio/septiembre y octubre.

Las sumas no remunerativas se abonarán a todo trabajador que se desempeñe durante todo el mes correspondiente al pago se le abonará la suma completa. A lo que ingresen o egresado durante el mes, se abonará en forma proporcional.

Aportes extraordinario Solidario
Los empleadores retendrán a los trabajadores en concepto de Aportes extraordinario Solidario, el 1.5% durante un período de 6 meses.

Contribución solidaria extraordinaria
Cada empleador deberá pagar por única vez, la cantidad $76 por cada trabajador que integre su plantel al momento de la suscripción del acuerdo.

Fuente: Ignacio

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