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La justicia falló a favor de la FEB y se deberá pagar el ‘premio’ actualizado

Lo resolvió el Juzgado en lo Contencioso y Administrativo N°1 de La Plata, a cargo de Luis Federico Arias. El gobierno lo iba a pagar sin actualizarlo

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La justicia platense hizo lugar a la medida cautelar planteada por la Federación de Educadores Bonaerenses (FEB) sobre el pago del ‘premio jubilatorio’ a maestros retirados durante la emergencia económica y ordenó al gobierno provincial pagar la retribución tomando como base para la liquidación el sueldo actualizado.

Así lo resolvió el titular del Juzgado en lo Contencioso y Administrativo N°1, Luis Federico Arias, quien sostuvo en su resolución “que se abone a cada afiliado de la Federación Bonaerenses Domingo Faustino Sarmiento, la retribución especial reconocida el Art. 1 de la Ley 14.196 tomando como base para la liquidación, el sueldo básico más antigüedad de la categoría del agente al momento de su efectivo pago”.

Sobre el fallo, la titular de FEB, Mirta Petrocini, dijo que “hoy podemos asegurar que a través de esta medida cautelar que presentamos, todo aquel docente al que se le adeudaba el pago del “premio” entre 2002/2005, va a percibir su liquidación a valores actualizados y nos históricos como quedaba expresado en Decreto Reglamentario 683 de la Ley 14.196”.

Y aseguró que “no estábamos conformes únicamente con lograr la reglamentación de la Ley, era necesario que se pague a los valores actuales y es por ello que fuimos a la justicia, la que hoy nos está dando la razón”, luego de que la FEB realizara el viernes último la presentación judicial donde exigía se expida sobre el cobro del premio jubilatorio.

Cabe recordar que dicho premio había sido aprobado en 2009 por la legislatura y vetado por el gobernador Daniel Scioli, quien consideró que no se habían reservado los fondos necesarios para atender el gasto; pero la legislatura insistió con otro proyecto en donde se hicieron las salvedades requeridas por el Ejecutivo.

La nueva iniciativa fue sancionada por el Senado el 12 de mayo pasado, y girada a Diputados donde fue modificada y se aprobó por lo que tuvo que volver a la Cámara de origen, donde finalmente se transformó en ley el 4 de noviembre. Allí quedó sentado que se autorizaba al Ejecutivo a realizar “las adecuaciones presupuestarias” para solventar el pago.

Tras varios reclamos gremiales, el gobierno reglamentó la ley el 12 de julio aunque no como pedían los sindicatos. La norma decía que “para la liquidación del beneficio se tomará el último sueldo básico más antigüedad al momento del cese de actividad, sin ningún tipo de descuento, con más los intereses que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires”. Ello motivó la presentación judicial de FEB y la consecuente resolución del juez Arias.

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