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Ganancias: De cuánto será el mínimo no imponible con el aumento del salario mínimo

Tras la actualización del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM), nuevos sueldos deberán afrontar el pago del tributo. Conocé quiénes deberán abonarlo.

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Con la actualización del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM) que dispuso el Gobierno nacional por decreto, la presión fiscal para los salarios más altos de la economía se verán afectados, éstos quedaron alcanzados por lo que se denominó como Impuesto Cedular, que reemplazó a lo que se conocía como «cuarta categoría» de Ganancias.

Recordemos que la última reforma del tributo, impulsada por el entonces ministro de Economía, Sergio Massa, eliminó la cuarta categoría y estableció que las remuneraciones alcanzadas son las que suman a partir de 15 haberes mínimos.

De acuerdo a lo que informó el portavoz presidencial, Manuel Adorni, la suba de 180 mil en el SMVyM, regirá desde febrero; en tanto, el Salario Mínimo de enero se mantendrá en $156.000, mismo valor que en diciembre de 2023.

El dato no es menor dado que la cifra de enero es la que sirve como unidad de referencia para determinar el mínimo no imponible (MNI) del Cedular del primer semestre. Con lo cual, el salario límite a partir del cual se abona Ganancias seguirá en $2.340.000.

¿Qué dicen los analistas?

En INFOBAE, el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, explicó que, ese «MNI se mantendrá inalterado hasta la próxima actualización en julio de 2024», al tiempo que marcó que lo preocupante es que «con una inflación tan alta en los últimos meses, muchos empleados pronto podrían comenzar a tributar el impuesto a las ganancias».

Vale mencionar que el índice inflacionario de los últimos meses, alcanzó en diciembre un 25%, y en enero un 20%. Es por eso que, el analista advierte un escenario donde nuevamente los y las trabajadoras sufrirán el impacto del cálculo.

«Siguiendo la intención del legislador respecto a la creación del impuesto cedular, en nuestra opinión, lo razonable hubiese sido que la Ley contemplara un MNI que se actualice en forma trimestral por IPC con una cláusula gatillo que adelante la misma cuando la inflación acumulada dentro de ese período fuera igual o superior al 20%», apuntó.

Frente a esa explicación, no hay que olvidar que la Ley Impositiva aprobada en septiembre de 2023, fija que cada año se tomarán como referencia los valores del salario mínimo solo de dos meses: enero y julio. Motivo por el cual, el mínimo no imponible se mantendrá sin cambios hasta la próxima actualización, que se realizará en el séptimo mes del año.

En consecuencia, el impuesto de todo el año sería calculado en función del sueldo básico de julio. Allí es donde se pondrán las expectativas y se barajará el impacto del plan económico que viene motorizando el gobierno de Javier Milei.

Según el tributista, José Luis Ceteri, quién analizó el escenario en Blooberg Línea, la norma que mencionamos con anterioridad «sigue vigente hasta que salga la reversión de las Ganancias».

Vale mencionar que el Gobierno había enviado una propuesta al Congreso que, además de proponer que el nombre impuesto a las Ganancias migre al de Impuesto a los Ingresos Personales, fijaba el nuevo piso en AR $ 1,3 millones mensuales brutos, algo considerablemente bajo con el mínimo actual.

La propuesta quedó en la nada porque a 48 horas horas de haberla ingresado, el pasado 24 de enero, el ministro de Economía, Luis Caputo, confirmaba mediante conferencia de prensa que retiraba el capítulo fiscal de la Ley Ómnibus, la cual tiempo también quedaba fuera de pista.

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