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ANÁLISIS Y OPINIÓN

Cooperativas de trabajo: origen y trayecto

Por José Hernán Orbaiceta*

Publicado

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Para entender la naturaleza de la empresa Cooperativa de trabajo vamos a apoyarnos en las definiciones que el propio movimiento cooperativo da a través de sus organizaciones a nivel mundial.

Definición de Cooperativas según la Alianza Cooperativa Internacional (ACI): la cooperativa es una asociación autónoma de personas que se agrupan voluntariamente para satisfacer sus necesidades y aspiraciones comunes de carácter económico, social y cultural mediante una empresa de propiedad conjunta y gestionada democráticamente

Valores: Las cooperativas se basan en los valores de autoayuda, responsabilidad personal, democracia, igualdad, equidad y solidaridad. Siguiendo la tradición de sus fundadores, los integrantes de la cooperativa creen en los valores éticos de la honradez, la transparencia, la responsabilidad social y la preocupación por los demás.

Principios: Los principios de las cooperativas son pautas mediante las cuales las cooperativas llevan a la práctica sus valores:

  • Afiliación voluntaria y abierta
  • Gestión democrática por parte de los miembros
  • Participación económica de los miembros
  • Autonomía e independencia
  • Educación, formación e información
  • Cooperación entre cooperativas
  • Preocupación por la comunidad

Esta definición, los Valores y los Principios son respetados por las empresas cooperativas en todo el mundo y se ha desarrollado en las más diversas culturas ayudando a construir la democracia en la economía.

La Organización dentro de la Alianza Cooperativa Internacional, que nuclea a 57 organizaciones de integración nacional en 35 países, se denomina CICOPA (Comité de Cooperativas de trabajo y artesanos). Son unas 65 mil empresas en manos de los trabajadores con unos 20 millones de asociados.

En el año 2005 en la Asamblea de la Alianza Cooperativa Internacional, celebrada en Cartagena (Colombia), se aprobó un estándar a modo de orientación para definir las características de las Cooperativas de trabajo en el mundo

Dicho estándar establece:

Caracteres básicos de una Cooperativa de trabajo:

  1. Tienen como objetivo crear y mantener puestos de trabajo sustentables, generando riqueza, para mejorar la calidad de vida de los socios trabajadores, dignificar el trabajo humano, permitir la autogestión democrática de los trabajadores y promover el desarrollo comunitario y local.
  2. La adhesión libre y voluntaria de sus socios, para aportar su trabajo personal y recursos económicos, está condicionada a la existencia de puestos de trabajo.
  3. Por regla general, el trabajo estará a cargo de sus socios. Implica que la mayoría de las personas trabajadoras de una empresa cooperativa de trabajo asociado son socios trabajadores y viceversa.
  4. La relación del socio trabajador con su cooperativa debe ser considerada como distinta a la del trabajo asalariado dependiente convencional y a la del trabajo individual autónomo.
  5. Su regulación interna se concreta formalmente por medio de regímenes concertados democráticamente y aceptados por los socios trabajadores.
  6. Deben ser autónomas e independientes, ante el Estado y terceros, en sus relaciones de trabajo y de gestión, y en la disposición y manejo de los medios de producción.

Reglas de funcionamiento interno:

En su funcionamiento interno, las cooperativas de trabajo asociado deberán tener en cuenta las siguientes reglas:

  1. Compensar equitativamente el trabajo de sus socios, tomando en consideración: la función, la responsabilidad, la complejidad y la especialidad exigidas para los cargos, la productividad y la capacidad económica de la empresa, procurando reducir la diferencia entre las mayores y las menores compensaciones.
  2. Contribuir al incremento patrimonial y al adecuado crecimiento de las reservas y fondos indivisibles.
  3. Dotar los puestos de trabajo de aspectos físicos y técnicos para lograr un adecuado desempeño y buen clima organizacional.
  4. Proteger a los socios trabajadores con adecuados sistemas de previsión, seguridad social, salud ocupacional y respetar las normas de protección en vigor en las áreas de la maternidad, del cuidado de los niños y de los menores trabajadores.
  5. Practicar la democracia en las instancias decisorias de la organización y en todas las etapas del proceso administrativo.
  6. Asegurar la educación, formación y capacitación permanente de los socios e información a los mismos, para garantizar el conocimiento profesional y el desarrollo del modelo cooperativo de trabajo asociado, y para impulsar la innovación y la buena gestión.
  7. Contribuir a la mejora de las condiciones de vida del núcleo familiar de los socios trabajadores y al desarrollo sostenible de la comunidad donde viven.
  8. Combatir el ser usados como instrumentos para flexibilizar o hacer más precarias las condiciones laborales de los trabajadores asalariados y no actuar como intermediarios convencionales para puestos de trabajo.

También CICOPA aprobó en 2011 en Cancún (México) el estándar para Cooperativas Sociales que se venían desarrollando en el Mundo cada vez más.

Estándar de Cooperativas Sociales de Cicopa

Este tipo de cooperativas de trabajo surgen en el mundo desde los años 70 del siglo anterior y vienen a responder a la demanda de atender problemáticas sociales y de inclusión al trabajo a amplios sectores excluidos de la sociedad.

Deben respetar los mismos valores y principios cooperativos de todas las cooperativas y los estándares para cooperativas de trabajo, pero se les reconocen algunas características distintivas a saber:

Las cooperativas sociales son una de las principales respuestas del movimiento cooperativo a las necesidades emergentes de las personas. Estando firmemente basadas en la definición, los valores y los principios internacionalmente reconocidos de las cooperativas, las cooperativas sociales tienen además sus propias características distintivas.

Misión explícita de interés general

El rasgo más distintivo de las cooperativas sociales es que ellas definen explícitamente una misión de interés general como su propósito primario, realizando la misma directamente a través de la producción de bienes y servicios de interés general. La inserción laboral, que es una misión clave en muchas cooperativas sociales, debería considerarse como un servicio de interés general a todos los efectos, más allá de los bienes o servicios que ellas produzcan.

Naturaleza no estatal

En conformidad con el cuarto principio cooperativo (autonomía e independencia), las cooperativas sociales son entidades no estatales. Como tales, deben ser esencialmente independientes del sector público y de otras entidades, independientemente de los diversos tipos y montos de ayuda pública que puedan recibir, los acuerdos de partenariado con las autoridades estatales que podrían firmar y hasta la misma representación de autoridades estatales que podría existir entre sus asociados.

Estructura de gobernanza con múltiples grupos de interés (multi-stakeholder)

Una estructura de gobernanza potencial o efectivamente basada en múltiples grupos de interés (multi-stakeholder) es un rasgo importante de las cooperativas sociales.

Representación sustancial de los socios trabajadores

Los socios trabajadores deberían estar representados en todos los niveles posibles de la estructura de gobernanza de las cooperativas sociales. La representación de los socios trabajadores debería ser, al menos, mayor a un tercio de los votos en cada una de las estructuras de gobernanza. En el caso de las cooperativas sociales de integración laboral, por lo menos el 51% de los socios deberían ser trabajadores (considerando los trabajadores desfavorecidos junto con los otros trabajadores). En los dos casos, por lo menos el 51% de los trabajadores deberían ser socios. Además, todos los estándares de la Declaración Mundial sobre Cooperativismo de Trabajo Asociado deberían aplicarse a los socios trabajadores.

La no-distribución o la distribución limitada de excedentes

Mientras las cooperativas pueden utilizar parte de sus excedentes para beneficiar a sus socios en proporción a su transacción con la cooperativa (tercer principio cooperativo), las cooperativas sociales practican la distribución limitada o la no-distribución de excedentes. Sin embargo, esta forma de aplicar el tercer principio cooperativo debería adaptarse a cada contexto específico.

Recomendaciones para las autoridades públicas.

Las autoridades públicas en sus diferentes niveles deberían considerar las siguientes recomendaciones en el tratamiento de las cooperativas sociales

  1. Los procesos de institucionalización y de diseño de políticas deberían basarse en las opiniones y puntos de vista de los actores involucrados, especialmente las propias cooperativas sociales y sus organizaciones representativas, si éstas ya existieran.
  2. En tanto organizaciones que persiguen una misión de interés general, la especificidad de las cooperativas sociales debería ser adecuadamente reconocida por las autoridades públicas.
  3. Cuando las autoridades públicas introduzcan nueva legislación sobre cooperativas sociales deberían considerar los presentes estándares que se basan en la experiencia y el know-how de los actores sobre el terreno.
  4. Cuando se elaboren políticas públicas, en particular las políticas relacionadas con los servicios de interés general, la inclusión social, el desarrollo local y las PYMES, las autoridades públicas deberían reconocer las características específicas de las cooperativas sociales.

En este artículo entonces hemos definido las características fundamentales de las Cooperativas en general y en particular de las Cooperativas de trabajo y las Cooperativas Sociales, en próximos artículos vamos a adentrarnos en temas específicos a la legislación, a la construcción de la empresa y del ser cooperativo. Hasta la próxima.

(*) Orbaiceta es ex presidente de la Federación de Cooperativas de Trabajo de la República Argentina (FECOOTRA) y ex tesorero de la Confederación de Cooperativas de la República Argentina (Cooperar). Fue integrante del directorio del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES). Actualmente, es Asesor en Capacitación en Desarrollo Local y Cooperativas de Trabajo de FEDECOBA y Asesor en Desarrollo local y cooperativo de FECOOTRA Y CONARCOOP.

 

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