La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ratificó este viernes la nueva intervención en el Sindicato de Obreros y Empleados de la Educación y la Minoridad (SOEME).
Lo hizo al rechazar el planteo de revocatoria y nulidad interpuesto por la conducción del sindicato desplazada semanas por «falta de reconocimiento» en la justicia laboral.
En un nuevo fallo, la Sala compuesta por los jueces Víctor Pesino, María Dora González y Graciela Carambia consideró «erróneo» el pedido del secretario general removido Adrián De Marco de derivar la causa al Juzgado Criminal y Correccional Federal 3 de La Plata, Ernesto Kreplak, iniciador de la intervención en el SOEME a fines de 2017.
Tras el fallo del 5 de mayo que decretó la nueva intervención, De Marco apeló la sentencia al señalar que quien debería actuar en el conflicto era el juez Kreplak, quien desplazó a Marcelo Balcedo y la comisión directiva del gremio y avanzó, luego de más de dos años, en un polémico llamado a elecciones donde finalmente fue elegido -en agosto de 2019- el ahora removido de su cargo.
SOEME: Ratifican intervenci… by Mundo Gremial on Scribd
El tribunal señaló que «yerra el recurrente -De Marco- al pretender sostener que las presentes actuaciones deben tramitar ante el Juzgado Criminal y Correccional Federal Nro. 3 de La Plata», dado que «tal como lo sostuviera en la Sentencia atacada la Resolución de fecha 05 de mayo del corriente es dictada en un proceso judicial diferente».
Además, resaltaron los magistrados de la Sala VII que «el Juez Federal -Kreplak- ya ha dado por terminada su actuación respecto de la intervención judicial de la entidad, no existiendo una superposición de competencias respecto de la petición cautelar y siendo además innegable en la aptitud jurisdiccional de esta Sala».
En conclusión, la justicia laboral reafirmó la suspensión provisoria en el ejercicio de sus funciones a la totalidad de las autoridades electas en las elecciones dispuestas por Kreplak en agosto de 2019, realizadas a pesar de la existencia de una medida cautelar que ordenaba la suspensión del acto.
De Marco y la comisión directiva asumieron en diciembre pasado tras más de dos años de intervención, por decisión del Juez Kreplak, desoyendo otra cautelar de la Sala VII.
En el fallo del 5 de mayo, los jueces habían argumentado «la falta de reconocimiento de las autoridades actuales del SOEME» disponiendo «como medida cautelar innovativa» la intervención sindicato.
Asimismo, se estableció “la suspensión provisoria en el ejercicio de sus funciones a la totalidad de las autoridades integrantes de los órganos de gobierno, administración y fiscalización del SOEME”, designándose a Dr. Julio César Simón como interventor judicial.
Sobre este punto, se libró un oficio al Banco Central de la República Argentina comunicándole lo resuelto y haciéndole saber que la única persona autorizada para disponer de los fondos del sindicato es Simón.
Aún resta conocer la resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre un conflicto de competencias suscitado en el ámbito de la intervención del SOEME, entre los fallos dispuestos por Kreplak, en el fuero federal, y por la jueza Analía Vigano, en el laboral.
La decisión de la Corte determinará quién es competente para entender en el aspecto electoral institucional del gremio, y de ser favorable para Vigano, ésta retomará la causa y avanzará con el planteo de nulidad de las elecciones.