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La justicia laboral definió una nueva intervención al SOEME

Así lo dispone un reciente fallo de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

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La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió este lunes una nueva intervención del Sindicato de Obreros y Empleados de la Educación y la Minoridad
(SOEME).

El fallo, al que tuvo acceso Mundo Gremial, establece la suspensión provisoria en el ejercicio de sus funciones a la totalidad de las autoridades electas en las elecciones dispuestas por el Juez Federal Ernesto Kreplak en agosto de 2019.

La decisión fue adoptada por los jueces de Cámara María Dora González y Víctor A. Pesino, en la causa.

Los magistrados ratificaron el rechazo de la Sala a las elecciones realizadas el 5 de agosto del año pasado, llevadas adelante a pesar de la existencia de una medida cautelar que ordenaba la suspensión del acto. Ese día se eligió a Adrián De Marco como secretario general.

De Marco y la comisión directiva asumieron en diciembre pasado tras más de dos años de intervención, por decisión del Juez Criminal y Correccional Federan Número 3 de La Plata, Ernesto Kreplak, desoyendo una vez más una cautelar de la Sala VII.

Ahora, los jueces González y Pesino entienden que las autoridades puestas en funciones «lo hicieron a partir de un proceso electoral llevado a cabo aun cuando existía una medida cautelar que ordenaba la suspensión del mismo y se ven incluso confirmados a partir de la decisión de la autoridad administrativa, según surge de las constancias de autos».

«La falta de reconocimiento de las autoridades actuales del SOEME no resulta un hecho menor, dado que tampoco podrían cumplir con las funciones y atribuciones establecidas por el Estatuto de la entidad para el órgano de dirección y administración», argumentaron.

Por eso, «y a fin de evitar grandes daños a la entidad sindical, a sus afiliados y a los peticionantes, corresponde la intervención de la entidad en forma cautelar», explicó la justicia laboral.

En esa línea, se decretó «como medida cautelar innovativa la intervención del Sindicato de Obreros y Empleados de la Educación y la Minoridad (S.O.E.M.E), cuyo interventor ejercerá dicha función hasta tanto se resuelva el planteo de nulidad respecto del acto eleccionario en la entidad en el marco del expediente “Sindicato de Obreros y Empleados de Minoridad y Educación c. EN-M TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL s/ SUMARISIMO” (CAF 6132/2018).

Asimismo, se estableció «la suspensión provisoria en el ejercicio de sus funciones a la totalidad de las autoridades integrantes de los órganos de gobierno, administración
y fiscalización del SOEME».

El interventor judicial designado es el Dr. Julio César Simón, quien actuará como un auxiliar de la justicia nacional y tendrá a su cargo las funciones de gobierno, administración y fiscalización interna establecida por el Estatuto de la entidad.

Así las cosas, aún está pendiente la resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre un conflicto de competencias suscitado en el ámbito de la intervención del SOEME, entre los fallos dispuestos por Kreplak, en el fuero federal, y por la jueza Analía Vigano, en el laboral.

La decisión de la Corte determinará quién es competente para entender en el aspecto electoral institucional del gremio, y de ser favorable para Vigano, ésta retomará la causa y avanzará con el planteo de nulidad de las elecciones.

 

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