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GREMIALISMO EMPRESARIAL

Reforma laboral: Empresarios pymes proponen cambios en la reglamentación

La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), se reunió con el secretario de Trabajo de la Nación, Julio Cordero, y le acercó las observaciones de la entidad para la reglamentación de la legislación laboral aprobada en la Ley de Bases.

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La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), se reunió con el secretario de Trabajo de la Nación , Julio Cordero, y le propuso una serie de puntos a tener en cuenta, por parte de las pymes, para abordar la reglamentación de la reforma laboral aprobada en la Ley de Bases.

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Desde CAME destacaron que en Argentina residen 50.000 pequeñas y medianas empresas menos que hace una década atras, por lo que la entidad empresaria apoya “una adecuación laboral a los tiempos nuevos”, aún que remarcó que debe concretarse, “sin pérdida de derechos adquiridos”, sostiene la organización.

Entre los puntos presentados, la CAME puso el foco en la promoción del empleo registrado, y destacó que la nueva legislación establece que los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes iniciadas con anterioridad a la promulgación de la norma, y señaló que en la reglamentación deberán fijarse los porcentajes de condonación a aplicarse.

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A su vez, subrayan que la ley habilita establecer incentivos para la cancelación de la obligación de contado y beneficios especiales para las pymes.

En esa línea, desde CAME, proponen que para las empresas con Certificado MiPyme vigente, “se prevé la extinción del total de la deuda del empleador por falta de pago de aportes y contribuciones destinados a los diferentes subsistemas de la seguridad social”, como PAMI, Seguro de Salud, Fondo Nacional del Empleo, ART y Obras Sociales, entre otras.

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A su vez, la entidad propone que los empleadores que inicien una nueva relación o regularicen una preexistente, “gozarán de una reducción de sus contribuciones a la seguridad social del 50% en los primeros doce meses y del 25% en los doce meses subsiguientes”, y que, además, “la registración de los empleados no declarados producirá la liberación de las infracciones, multas y sanciones por incumplimientos a la Ley de Contrato de Trabajo (LCT)”, indica la CAME.

Otra de las observaciones de la organización empresaria aborda la simplificación registral y explica que, “atento a que ya existen sistemas simplificados para el alta y la registración de empleados, reglamentar el presente artículo se convierte en abstracto”, por lo que CAME sugiere “no reglamentar el mismo o repetir los mismos conceptos en la reglamentación”, manifestó la entidad.

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Por otra parte, sobre el Fondo de Cese Laboral, la Confederación remarc´que, en caso de que el mismo sea constituido mediante el convenio colectivo de trabajo, como propone la Ley, “el presente fondo excluye la opción de la contratación del sistema privado a los fines de los rubros indemnizatorios, o la posibilidad de autoasegurarse por parte de las empresas” y agrega que “la empresa conservará siempre la facultad de contratar un sistema de seguro privado para solventar la suma que libremente se pacte entre las partes para el supuesto de desvinculación por mutuo acuerdo conforme el artículo 241 de la Ley 20.744”, aclara el petitorio.

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Finalmente, la entidad se manifestó sobre la norma que establece la figura del colaborador para los trabajadores independientes, “la propuesta de CAME es que podrá utilizarse la figura establecida en el artículo cuando la actividad esté comprendida dentro de un convenio colectivo de trabajo” y que “las relaciones deberán ser declaradas –altas, bajas y modificaciones– en el sistema que establezca la Secretaría de Empleo, Trabajo y de la Seguridad Social”, propone la cámara empresaria.

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