El gobierno nacional definió que los trabajadores estatales realicen la modalidad de teletrabajo en lo que resta de la semana “a los fines de reducir el consumo de energía eléctrica” ante la ola de calor que azota al país.
Es el retorno del trabajo remoto en la Administración Pública Nacional, una práctica que se volvió habitual durante los meses de fuertes restricciones por la pandemia de Covid-19.
La medida resuleta por decreto publicado en el Boletín Oficial tendrá vigencia durante este jueves 13 y el viernes 14.
El artículo 1 del Decreto 16/2022, llamado “Trabajo a distancia por ahorro de energía”, señala que lo dispuesto regirá desde las 12 del mediodía.
Aplicará “a todas las jurisdicciones, organismos y entidades del sector público nacional a los que se refiere el artículo 8° de la Ley N° 24.156″.
– Administración Nacional, conformada por la Administración Central y los Organismos Descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las Instituciones de Seguridad Social
– Empresas y Sociedades del Estado que abarca a las Empresas del Estado, las Sociedades del Estado, las Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria, las Sociedades de Economía Mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias
– Entes públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional, que abarca a cualquier organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones, incluyendo aquellas entidades públicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones
– Fondos fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado nacional
Continuarán en la presencialidad, los trabajadores de: la Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos G. Malbrán” (ANLIS), Fuerzas de Seguridad Federales, Fuerzas Armadas, Servicio Penitenciario Federal, personal de salud y del sistema sanitario y dede Guarda Parques Nacionales (Decreto N° 1455/87) y del Sistema Federal de Manejo del Fuego (Decreto N° 192/21); la Dirección Nacional de Migraciones y las instituciones bancarias y entidades financieras.