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ASIMM se mostró cautelosa en la regulación de estacionamientos
“La problemática de los espacios para trabajadores motociclistas sigue siendo una cuenta pendiente”, aseguran.
La Asociación Sindical de Motociclistas Mensajeros y Servicios (ASiMM), que conduce Marcelo Pariente, consideró positivo pero insuficiente el orden planteado en el decreto 454/14 del Gobierno de la Ciudad, promovido por la Subsecretaria de Transporte a cargo de Guillermo Dietrich en relación a las empresas de estacionamiento medido.
La disposición, que fue decretada el pasado 17 de noviembre, establece que el precio de la estadía de motos no puede superar el 30% de la de un auto. Al respecto, desde la Asociación expresaron: “Estamos de acuerdo, siempre y cuando no se perjudique a los trabajadores con ésta medida”.
El secretario adjunto del sindicato, Maximiliano Arranz, agregó que “es una buena noticia que exista un control sobre los estacionamientos privados, que históricamente se han abusado de los motociclistas cobrándonos tarifas abusivas o directamente negándonos la estadía».
«Muchas veces uno quiere ir a cenar o al cine y nos vemos obligados a dejar la moto en la calle. Ahora bien, esta medida tiene que complementarse con la ampliación y disposición de espacios en la calle para trabajadores de mensajería urbana, ya que los actuales son pocos y en su gran mayoría están ocupados por vehículos completamente ajenos a la actividad postal», indicó.
A partir del 26 de noviembre, el precio para motos en estacionamientos porteños equivale al 30% de la tarifa de un auto. El decreto pertenece a la Ley 3.105 que, desde 2009, ya determinaba que en el espacio de 50 autos, debe haber espacio para 8 motos. Desde ASiMM estarían conformes siempre y cuando la medida tomada no tenga una repercusión negativa en la labor cotidiana de los trabajadores del gremio.
ASiMM cuenta con más de 4.500 afiliados en la ciudad de Buenos Aires y provincia de Buenos Aires. El sindicato agrupa a los trabajadores que realizan sus tareas laborales utilizando como herramienta de trabajo una moto, triciclo, ciclomotor, cuatriciclo, bicicleta y/o todo vehículo de dos ruedas que realice gestiones, entregas y retiro de sustancias alimenticias y elementos varios de pequeña y mediana paquetería en cualquiera de los vehículos citados en un plazo menor a las 24 hs.
