La Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) resolvió incrementar el salario mínimo para trabajadores que se desempeñan en diversas actividades del sector en las provincias de Buenos Aires, La Pampa, Entre Ríos, Salta, Jujuy y Corrientes. Habrá una nueva reunión antes de noviembre para revisar y volver a ajustar.
Esta mañana, se formalizaron las once resoluciones (144/2023 a 150/2023 y 152/2023 a 155/2023) a través del Boletín Oficial, emitidas por la CNTA, que está integrada por representantes de los ministerios de Economía y Trabajo, de las organizaciones de empleadores, y de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE).
Para las provincias de Buenos Aires y La Pampa, se establecieron nuevos salarios mínimos para las actividades de cosecha, laboreo y empaque de ajo; arreos de ganado y remates en ferias; y horticultura. En el caso del arreo y ganado, se definió un jornal de $10.338,67 desde el 1 de octubre, tras aumentos en agosto y septiembre, y hasta fines de abril próximo.
En lo que respecta a la horticultura, se fijaron tres aumentos: dos retroactivos desde el 1 de junio y el 1 de julio últimos, y otro que regirá desde el 1 de agosto hasta fines de mayo de 2024, además de la obligatoriedad de proporcionar dos mudas de ropa de trabajo por año. Con este último aumento, los salarios mínimos quedarán entre $ 196.006,88 y $ 244.868,99, según la tarea.
Por su parte, en Entre Ríos se establecieron remuneraciones mínimas para las actividades de nueces y sus variedades; forestal, algodón; y arreos y remates. Se destacan los aumentos para la actividad forestal, con dos aumentos (julio y agosto, con vigencia hasta abril próximo), donde el rango salarial quedará entre $259.665,20 para el peón general y $326.483,41 para el encargado.
Además, se reglamentó que la jornada no podrá excederse de las ocho horas diarias y de los 44 semanales con pausas para alimentación y descanso; bonificación por antigüedad, y la provisión de dos equipos de trabajo por año de uso obligatorio.
En Salta y Jujuy se fijaron salarios mínimos para la cosecha de tabaco; y la manipulación y almacenamiento de granos y cosecha de poroto. En el caso del tabaco, el aumento vigente desde julio último hasta septiembre establece un salario mensual de entre $141.719 para el peón y $176.996 para el encargado; mientras que, para la segunda actividad, el jornal mínimo garantizado es de $6.229,61, también hasta fines de septiembre.
Por último, el personal de la actividad arrocera y de la floricultura y viveros en Corrientes, con aumentos en agosto y en septiembre, esté ultimo rigiendo hasta fines de enero. De este modo, los incrementos dejarán las escalas mensuales en la primera actividad entre $185.522 y $284.979; mientras que para la segunda serán de entre $184.692 y $213.271.
Los esquemas de la Comisión también establecen, para la mayoría de las actividades, un adicional equivalente al 10% en concepto de presentismo para los trabajadores que cumplan con su tarea 22 días al mes. En tanto, se volverán a reunir antes de noviembre próximo para analizar las posibles variaciones que podrían haber afectado a las escalas salariales y si es necesario realizar algún ajuste.