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INFORMACIÓN GENERAL

El Gobierno oficializó el Repro II: Cuáles son los requisitos para acceder

El programa contempla a aquellos empleadores cuyas actividades hayan sido consideradas “críticas” en el marco del ATP.

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El Gobierno nacional oficializó hoy la existencia de una nueva edición del Programa de Recuperación Productiva (Repro II) para asistir a empleadoras y empleadores que desarrollen actividades que aún atraviesan situaciones críticas.

La medida fue confirmada en la jornada de hoy a través de la Resolución 1027/2020 del Boletín Oficial. Desde la cartera laboral que conduce Claudio Moroni remarcaron que el criterio principal es que las compañías que accedan al beneficio se encuentren catalogadas en una actividad principal crítica, según las condiciones que establece para cada uno de estos grupos el programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP).

Cabe destacar que el decreto 332/2020 junto a sus modificaciones extendió el ATP hasta el mes de diciembre para aquellas actividades afectadas. A su vez, el Ministerio de Trabajo continúa ejecutado la elaboración de planes y programas al respecto con el objetivo de alcanzar objetivos precisos para atender las situaciones afectadas por la pandemia.

Cuáles son los requisitos para acceder al Repro II

Aquellos empleadores y empleadoras que quieran acceder al beneficio de la segunda versión de este programa deberán presentar la siguiente información:

  • Balance del Ejercicio del 2019 certificado por el Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas. Dicha certificación podrá ser hológrafa o digital.
  • Nómina de personal dependiente, incluyendo la remuneración total y la clave bancaria uniforme de la trabajadora o trabajador.
  • Planilla electrónica en la cual las empresas deberán completar un conjunto de indicadores económicos, patrimoniales y financieros.
  • Certificación del empleador o empleadora, o representante legal, de la veracidad de la información incluida en la planilla establecida en el inciso “c”, para aquellos empleadores o empleadoras cuyas empresas cuenten con 800 o más trabajadores.

Cabe señalar que el programa además incluye criterios de preselección y selección. Estos criterios deben estar incluidos en la nómina de actividades tanto críticas como no críticas o pertenecer al sector salud.

No obstante, desde la cartera advirtieron que “el solo cumplimiento de los criterios de preselección no implica el acceso al beneficio del programa”.

Entre estos criterios se encuentran la evaluación de un conjunto de indicadores económicos, financieros y laborales, calculados para los últimos tres meses desde la fecha de inscripción y para los mismos meses del año anterior.

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