Conéctate con nosotros

INFORMACIÓN GENERAL

La previa del ansiado aguinaldo: cómo y cuándo comenzará a pagarse

La legislación establece la retribución para los trabajadores, jubilados y pensionados y debe realizarse antes del 30 de junio.

Publicado

|

El Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo, comenzará a pagarse a partir del próximo mes de junio donde se acreditará la primera mitad, tal como establece la Ley 23.041. El beneficio alcanza a empleados, jubilados y pensionados en Argentina y es muy esperado en tiempos de crisis.

Con las paritarias no pudiendo poner un freno a la pérdida de poder adquisitivo y estancándose en el techo impuesto por el Gobierno nacional, los trabajadores aguardan por la primera etapa del aguinaldo como un alivio económico significativo, el cual deberá ser abonado antes del lunes 30 de junio.

La norma establece que este pago equivale al 50% de la mayor remuneración mensual percibida en el semestre enero-junio, y aunque el vencimiento legal es el 30 de junio, muchas empresas suelen adelantarlo durante la semana del 23 de junio, para facilitar su gestión administrativa y operativa.

Recordemos que también tiene un plazo de tolerancia de hasta cuatro días hábiles posteriores, lo que extiende el límite hasta el viernes 4 de julio de 2025, permitiendo cierta flexibilidad busca para el cumplimiento patronal y sin comprometer la liquidez de las organizaciones, que antes del 18 de diciembre deberán pagar la segunda parte.

Frena el desempleo pero aumenta la informalidad: la mitad de los trabajadores no cobrará aguinaldo

Cabe destacar que para la primera cuota en junio se toma el 50% del mejor sueldo entre enero y junio, mientras que para la segunda cuota en diciembre se considera el mejor sueldo entre julio y diciembre. Además, solo se incluyen conceptos remunerativos (básico, horas extras, comisiones, etc.) y  no se consideran los bonos extraordinarios, asignaciones familiares, ni reintegros.

Cuándo se cobra y cómo se calcula el aguinaldo de diciembre

Entre las personas a las que les corresponde el SAC están los trabajadores en relación de dependencia (sector público o privado), jubilados y pensionados, empleados con contrato fijo, temporal o por proyecto. En tanto, no les corresponde a trabajadores informales o no registrados, monotributistas y profesionales independientes.

Somos una agencia de noticias sindicales. Nuestra misión es dar un espacio de encuentro e información a todos los sectores de la actividad, sin discriminar su capacidad y potencial

Copyright © 2018 MUNDO GREMAIL. Desing by | dosveintiuno