El Gobierno nacional oficializó a través del Boletín Oficial, el aumento del salario mínimo luego de que se aprobase durante la reunión del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), llevada a cabo el último miércoles en la sede de la cartera laboral.
El organismo que preside la ministra de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Raquel “Kelly” Olmos, logró obtener el consenso necesario para contribuir “al fortalecimiento del diálogo social y de la cultura democrática en el campo de las relaciones del trabajo”, tal como se postuló en la resolución difundida esta mañana.
El primer incremento entrará en vigencia a partir del 1 de octubre de 2023 y lo llevará a $132.000 “para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo”, según se establece en el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744, mientras que los trabajadores jornalizados percibirán $660 por hora.
Posteriormente, a partir del 1 de noviembre de 2023, se elevará a $146.000 para todos los trabajadores mensualizados y a $730 por hora para los jornalizados. En tanto, desde el 1 de diciembre de 2023 dichos valores subirán hasta $156.000 para los mensualizados y $780 por hora para los jornalizados.
También quedó confirmado que la Prestación por Desempleo para los trabajadores en convenio colectivo o no, será equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis 6 meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo.
Además, el Consejo del Salario resolvió que en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.