Conéctate con nosotros

INFORMACIÓN GENERAL

Se dictó conciliación obligatoria para gremios marítimos que exigen cumplir el protocolo por COVID-19

Desde el Ministerio de Trabajo intimaron al Sindicato de Obreros Marítimos Unidos y al Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, de Pesca y de Cabotaje Marítimo, dejar sin efecto las medidas gremiales anunciadas, dictando conciliación obligatoria por el plazo de 15 días.

Publicado

|

Desde el Ministerio de Trabajo se dictó la conciliación obligatoria por el plazo de 15 días, para normalizar el funcionamiento del puerto que estaba afectado en un 5% su operación por el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos y el Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, de Pesca y de Cabotaje Marítimo, exigiendo el cumplimiento del protocolo Covid-19.

El líder del SOMU,  Raúl Durdos, señaló que “hay sectores que cuidan su capital a cualquier precio, nosotros cuidamos el capital más preciado de los trabajadores que es la salud; es por eso que tenemos que hacer cumplir esta cuarentena estricta, para defender la salud de todos”.

El documento difundido hoy por el Ministerio de Trabajo certifica: «Artículo 3°.- Intimar a las asociaciones sindicales mencionadas y, por su intermedio, a los trabajadores por ellas representados, a dejar sin efecto, durante el período indicado en el artículo anterior, toda medida de acción directa que estuviesen implementando y/o tuvieran previsto implementar, prestando servicios de manera normal y habitual».

Recordamos que desde el gremio habían informado días atrás, que a raíz de la propagación exponencial a nivel mundial del COVID-19 y en pleno cumplimiento de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional no se iban a tomar «cabos ni se realizaran ingresos en ningún puerto de nuestro País”.

En el Articulo 4°.-, se prevé: «Intimar a los empleadores a abstenerse de tomar represalias de cualquier tipo con el personal representado por las organizaciones sindicales y/o con cualquier otra persona, en relación al diferendo aquí planteado, así como también a otorgar tareas en forma normal y habitual a su personal, respetando las disposiciones previstas en el Decreto DECNU-2020-260-APN PTE de fecha 12 de marzo de 2020, en las Resoluciones RESOL2020-207-APN-MT de fecha 16 de marzo de 2020 y RESOL-2020-219-APN-MT de fecha 20 de marzo de 2020, y normas concordantes».

 

DI-2020-19616168-APN-DNRYRT%MPYT.pdf

Somos una agencia de noticias sindicales. Nuestra misión es dar un espacio de encuentro e información a todos los sectores de la actividad, sin discriminar su capacidad y potencial

Copyright © 2018 MUNDO GREMAIL. Desing by | dosveintiuno