INFORMACIÓN GENERAL
Se dictó conciliación obligatoria para gremios marítimos que exigen cumplir el protocolo por COVID-19
Desde el Ministerio de Trabajo intimaron al Sindicato de Obreros Marítimos Unidos y al Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, de Pesca y de Cabotaje Marítimo, dejar sin efecto las medidas gremiales anunciadas, dictando conciliación obligatoria por el plazo de 15 días.

Desde el Ministerio de Trabajo se dictó la conciliación obligatoria por el plazo de 15 días, para normalizar el funcionamiento del puerto que estaba afectado en un 5% su operación por el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos y el Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, de Pesca y de Cabotaje Marítimo, exigiendo el cumplimiento del protocolo Covid-19.
El líder del SOMU, Raúl Durdos, señaló que “hay sectores que cuidan su capital a cualquier precio, nosotros cuidamos el capital más preciado de los trabajadores que es la salud; es por eso que tenemos que hacer cumplir esta cuarentena estricta, para defender la salud de todos”.
El documento difundido hoy por el Ministerio de Trabajo certifica: «Artículo 3°.- Intimar a las asociaciones sindicales mencionadas y, por su intermedio, a los trabajadores por ellas representados, a dejar sin efecto, durante el período indicado en el artículo anterior, toda medida de acción directa que estuviesen implementando y/o tuvieran previsto implementar, prestando servicios de manera normal y habitual».
Recordamos que desde el gremio habían informado días atrás, que a raíz de la propagación exponencial a nivel mundial del COVID-19 y en pleno cumplimiento de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional no se iban a tomar «cabos ni se realizaran ingresos en ningún puerto de nuestro País”.
En el Articulo 4°.-, se prevé: «Intimar a los empleadores a abstenerse de tomar represalias de cualquier tipo con el personal representado por las organizaciones sindicales y/o con cualquier otra persona, en relación al diferendo aquí planteado, así como también a otorgar tareas en forma normal y habitual a su personal, respetando las disposiciones previstas en el Decreto DECNU-2020-260-APN PTE de fecha 12 de marzo de 2020, en las Resoluciones RESOL2020-207-APN-MT de fecha 16 de marzo de 2020 y RESOL-2020-219-APN-MT de fecha 20 de marzo de 2020, y normas concordantes».
