INFORMACIÓN GENERAL

Reglamentación conjunta de los ministerios de salud y trabajo por el bono salud

La nómina de trabajadores será concordante con la del Registro Federal de Establecimientos e incluye a trabajadores de la salud, profesionales y técnicos, auxiliares, ayudantes y a toda persona expuesta y abocada a controlar la pandemia.

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Desde el Gobierno de la Nación se dio a conocer los alcances de la reglamentación conjunta de los Ministerios de Salud y de Trabajo, referidos al Bono Salud para los trabajadores y las trabajadoras de la salud expuestos y abocados al manejo de casos relacionados con la pandemia de COVID-19.

«La nómina de trabajadores será concordante con la del Registro Federal de Establecimientos (REFES) e incluye a trabajadores de la salud, profesionales y técnicos, auxiliares, ayudantes y a toda persona expuesta y abocada a controlar la pandemia», mencionaron.

Además, se incluyen los trabajadores que desarrollan actividades en establecimientos de salud con internación, ya sea con financiamiento público o privado. Y también a aquellos trabajadores de la seguridad social, de los sistemas de atención de emergencia extra-hospitalaria; los de laboratorios de análisis clínicos y los establecimientos y/o residencias de la tercera edad.

Es importante remarcar que el Ministerio de Salud gestionará los pago de la asignación estímulo a través de ANSES. Mientras que AFIP verificará la información presentada, la Sindicatura General de la Nación el cumplimiento del procedimiento y pagos efectuados mediante la Red Federal de Control Público u otros mecanismos y procedimientos de control que estime pertinentes.

Representantes legales de los establecimientos de salud, apoderados ante la AFIP, serán los responsables de determinar la nómina de los trabajadores expuestos y/o afectados por COVID-19, beneficiarios de la asignación estímulo, indicando el CUIL, la suma que le corresponda percibir y el número de CBU del trabajador o trabajadora.

 

 

 

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