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Qué dice el proyecto de Alberto Fernández para ampliar licencias parentales

La iniciativa busca ampliar la licencia para personas gestantes y no gestantes, crea una licencia por adopción y una asignación por maternidad a monotributistas.

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El presidente Alberto Fernández presentó este lunes el proyecto de ley “Cuidar en Igualdad” que busca ampliar la licencia para personas gestantes y no gestantes, crea una licencia por adopción y una asignación por maternidad a monotributistas.

El anuncio fue realizado por el primer mandatario durante un acto, acompañado por la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.

La iniciativa amplía la licencia por maternidad se ampliará de 90 días a 126 días, y la licencia por paternidad, de 2 días a 90 días.

La propuesta impulsada por el presidente modifica y crea normas sobre licencias laborales vinculadas a los cuidados. La misma comprende a trabajadores de la LCT, al régimen de trabajo agrario y al régimen especial de contrato para el Personal de Casas Particulares y de la Administración Pública Nacional.

El proyecto propone crear un sistema integral de cuidados con perspectiva de género (SINCA). Esto es “un conjunto de políticas y servicios que aseguran la provisión, la socialización, el reconocimiento y la redistribución del trabajo de cuidado, entre el sector público, el sector privado, las familias y las organizaciones comunitarias. También entre todas las identidades de género para que todas las personas accedan a los derechos de cuidar y ser cuidados en condiciones de igualdad”.

Además, fija los objetivos que deben seguir las políticas de cuidados en general y las destinadas a poblaciones específicas en particular.

Promueve la ampliación de la oferta de servicios e infraestructura de los cuidados. “Obliga al Ministerio de Obras Públicas de la Nación a destinar anualmente al menos el 8.5% de su presupuesto a la ampliación de la infraestructura pública de cuidados del país”.

El Proyecto no implica ningún incremento de costos para los empleadores, dado que “se prevé que las nuevas licencias y la extensión de las vigentes sean financiadas por la seguridad social”.

Otro de los ítems presentados tiene que ver con la creación de un registro de trabajadores y trabajadoras del cuidado remunerado con el fin de facilitar la adaptación y la instrumentación de las jornadas laborales a las necesidades de cuidado tanto en el sector público como en el privado.

Se trata de políticas que, por un lado, promuevan espacios para la lactancia, espacios de cuidado para niñas y niños en los lugares de trabajo y por el otro, que reconozcan las tareas y oficios que forman parte del trabajo de cuidados y que ofrezcan la remuneración adecuada por dichas tareas.

También se incluyen los meses de licencia en el cálculo previsional como meses aportados y se elimina la renuncia por presunción. Dice el escrito: “Si el personal gestante, no gestante y adoptante no se reincorpora a su empleo luego de vencidos los plazos de licencia y no comunica a su empleador dentro de las 48 horas anteriores a su fin que se acoge a los plazos de excedencia, el empleador deberá cursar intimación y ya no podrá asumir que la persona renunció”.

Licencias para futuros adoptantes e hijos con discapacidad

“Licencias para futuros adoptantes y licencias por adopción. Crea una licencia de 2 a 12 días por año para quienes estén por adoptar para visitar al niño o adolescente que se pretende adoptar. En caso de adopción, el Proyecto de Ley prevé una licencia de 90 días.”

“Licencia de 2 a 6 días para cuidar o acompañar al cónyuge o conviviente que realiza técnicas de reproducción médicamente asistida y la extiende de 3 a 10 días en el caso de que tuviesen hijos menores de edad a cargo”.

“Incorpora extensiones de las licencias para hijo/as con discapacidad, ante nacimientos o adopciones múltiples, nacimientos prematuros o con enfermedades crónicas”.

“Si se tratara de nacimientos o adopciones múltiples, la licencia se extenderá por el plazo de 30 días por cada hijo a partir del segundo. En los supuestos de nacimiento prematuro, la licencia se extenderá por el plazo de 30 días. En caso de nacimiento o adopción de hijo con discapacidad o con enfermedad crónica, la licencia se extenderá por el plazo de 180 días”.

Asignación por maternidad para monotributistas y autónomos

El proyecto prevé “la creación de una asignación para personas gestantes, personas no gestantes y por adopción. El monto de la asignación consistirá en el pago mensual del Salario Mínimo Vital y Móvil”.

También establece el mismo régimen para personas de casa particulares, personal temporario de trabajo agrario y para toda la Administración Pública Nacional.

Modificaciones en las licencias especiales previstas en la Ley de Contrato de Trabajo para ampliar el derecho a cuidar

“Amplía la licencia por fallecimiento de cónyuge o conviviente (estos últimos se agregan) y por hijo. Pasa de 3 a 5 días”.
“Amplía la licencia por fallecimiento de hermano. Pasa de 1 a 3 días”.
“Crea la licencia especial para cuidado por enfermedad de persona a cargo, conviviente o cónyuge, que actualmente es de 2 días, a un máximo de 20 días por año”.
“Crea la licencia por violencia de género, de hasta un máximo de 20 días por año”.

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