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INFORMACIÓN GENERAL

Personal de Maestranza no cobrará el bono de 24 mil pesos del Gobierno

El gremio confirmó que no serán alcanzados por la medida y la definieron como “imprudente”.

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El Sindicato de Obreros de Maestranza de la República Argentina (SOMRA) informó a sus afiliados que no cobrarán el bono de fin de año decretado por el Gobierno nacional y que será de un máximo de 24 mil pesos. La cláusula octava de la última revisión salarial les impedirá acceder a la suma.

Los trabajadores privados del sector fueron advertidos que, en el acta del pasado 26 de octubre junto a la Asociación de Empresas de Limpieza (ADEL), se detalló que los incrementos asignados para el tramo diciembre 2022 – abril 2023, absorbería todo tipo de importes o prestaciones dinerarias dispuestas, como así también “cualquier diferencia de cálculo o de interpretación de las normas legales y/o convencionales y/o reclamos que pudieran existir”.

Desde el SOMRA se pronunciaron públicamente en contra de lo dispuesto por el ejecutivo nacional: “Lejos de coincidir con la medida, nuestra institución sindical no la considera siquiera capaz de oficiar como un “parche” frente a la constante depreciación de los salarios”. “Los trabajadores no necesitamos de algo que se quiere mostrar como una ayuda que de ningún modo lo es”, agregaron.

En el comunicado, la directiva del gremio exigió “urgentes políticas serias que generen trabajo genuino y salarios acordes a la realidad”. Luego de recordar que fueron uno de los que alcanzó el porcentaje más alto de incremento, hicieron un llamado a “luchar férreamente para generar mejores condiciones laborales acompañadas de disposiciones que construyan cimientos reales y sumen respaldo”.

“Sin un sustento justo no hay futuro posible. No nos hagan cargo a los trabajadores. Tomen de una vez por todas medidas prudentes, positivas, eficaces”, concluyeron desde la organización sindical.

Recordemos que la inhabilitación de acceso a la liquidación para los empleados del sector se configura dentro de los reparos dispuestos en el punto 5 del Decreto 841, en el cual el Ministerio de Trabajo habilita la absorción «previsto en los respectivos Convenios Colectivos de Trabajo”.

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