La Asociación del Personal Jerárquico del Gas (APJ-Gas), presentó una acción de amparo y un pedido de medida cautelar, ante la Justicia del Trabajo, contra la restitución del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores del sector.
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La presentación va en línea con otras demandas similares presentadas ante la Justicia por actividad, en especial por la “Mesa Sindical El Salario No es Ganancia” , a partir de la interpretación de las centrales obreras de que los reclamos sobre Ganancias deben ser presentados por cada uno de los gremios, puesto que las centrales son entidades de tercer grado, que no puede representar colectivamente a todos los sindicatos.
A través de un comunicado de prensa, el gremio que conduce Rubén Ruíz calificó el tributo cómo “injusto impuesto al salario” y presentó dos “casos testigos” sobre el impacto de la imposición sobre trabajadores que que, según la escala vigente con la anterior ley “no pagarían el tributo y ahora pagarán”, así como aquellos que pagaban Ganancias, “y a partir de la presente ley pagarán un valor superior”, remarca el documento.
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El escrito presentado por la APJ-Gas cuestiona la constitucionalidad de la nueva norma, aprobada en la Ley de Bases, por haber sido rechazada en la votación en particular de la nueva legislación en la cámara de Diputadas, “queda claro que se rechazó en su totalidad la ley de reformas al impuesto a las ganancias por 41 votos negativos a 31 positivos”, recuerda la presentación judicial.
Luego del rechazo del artículo que reimpone el Impuesto a las Ganancias en el Senado, la ley volvió a la Cámara de Diputados dónde se reintrodujo el gravamen eliminado en la cámara alta, “el artículo 81 de la Constitución Nacional es claro: “ningún proyecto de ley desechado totalmente por una de las Cámaras podrá repetirse en las sesiones de aquel año”. El Senado lo desechó. En consecuencia, no hay ley”, explicó el gremio.
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En el segundo caso, el sindicato argumentó que la imposición del impuesto, “demuestra la vulneración del derecho de nuestros representados a percibir integralmente su remuneración convencional y lo hace con números evidentes de tal quita de salario” y agrega que, “los recibos de sueldo y la diferencia entre los mínimos no imponibles mensuales brutos en discusión ($3.813.478,65 contra $1.800.000 de la actual) cantan claro”, apuntó la APJ-Gas.
Asimismo, la organización añadió que, a esta situación, “se suma el desconocimiento arbitrario de la exención impositiva de conceptos remunerativos convencionales lograda en septiembre 2023 (antigüedad, horas extras de sábado de domingos y feriados, adicional zona/planta, guardias pasivas, turnos, adicional Control de Gas, etc).”, señala el texto.
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En ese orden, también destaca que la presentación aclara “la naturaleza alimentaria del salario y demuestra porqué el mismo no puede equipararse a una renta, rendimiento o enriquecimiento de quienes sí tienen ganancias, gozan de esa fuente permanente de beneficio y tienen posibilidad de desgravar todos sus gastos y costos. El trabajador/a no puede y se le impone un tributo confiscatorio”, indicó la entidad gremial.