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Oficial: Así se pagará el aguinaldo a estatales y docentes bonaerenses

Lo confirmó el gobierno de Axel Kicillof a través de un decreto de Poder Ejecutivo.

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El gobierno de Axel Kicillof oficializó este viernes la forma de pago del medio aguinaldo a los trabajadores de la administración pública provincial.

La modalidad, anunciada por Mundo Gremial hace diez días, fue ratificada por Boletín Oficial en las últimas horas: habrá pago de aguinaldo en cuotas sólo para empleados que sus sueldos superen los 80 mil pesos brutos, según establece el Decreto 516/20.

La medida afectará principalmente a los funcionarios y cargos jerárquicos. Para el resto de los trabajadores, se mantendrá la manera habitual de liquidación.

En su artículo 1, el decreto determinó que el medio Sueldo Anual Complementario (SAC), correspondiente a junio, será abonado “en forma íntegra, en una única cuota, y con los sueldos devengados del mes de junio; cuando la mayor remuneración total, regular y permanente, sujeta a aportes jubilatorios del primer semestre del año 2020 sea inferior o igual a $80.000”.

Seguidamente, se pagará en hasta tres cuotas -con los sueldos del mes de junio, la primera cuota; con los sueldos de julio, la segunda y con los de agosto, la tercera cuota- “cuando la mayor remuneración total, regular y permanente, sujeta a aportes jubilatorios del primer semestre del año 2020 (base de cálculo del SAC) sea mayor a $80.000”.

De esa forma, la primera cuota será de $40.000; si el remanente fuera mayor o igual a pesos $2.000, será abonado en dos cuotas iguales; y si el remanente fuera menor a $2.000, las cuotas se agotarán tomando un mínimo de $1.000.

Para el personal docente “se considerará la mayor remuneración total, regular y permanente, sujeta a aportes jubilatorios por persona (no por cargo), para lo cual se deberá consolidar para cada trabajadora y trabajador la totalidad de cargos, horas cátedra y/o módulos en que reviste”, señala la norma oficializada hoy.

Por su parte, la administración de Axel Kicillof exceptuó de la medida al personal beneficiario de pasividades del Instituto de Previsión Social, de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, y de la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

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