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ANÁLISIS Y OPINIÓN

Obras sociales: El freno al descreme, un «acto de justicia»

Las entidades sindicales celebran el decreto de Alberto Fernández que limita el traspaso entre entidades de salud y termina con la desregulación del sistema instaurada en los 90.

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Luis Hlebowicz y Lorenzo Benítez

El Decreto 438/2021 del gobierno nacional se percibió como un acto de justicia en las obras sociales sindicales. Es que desde la desregulación de los mercados de la salud en la década de los noventa, las entidades prestadoras de origen gremial sufrieron lo que se conoce como el fenómeno del descreme.

¿Qué se entiende por descreme? Para resumir, podemos coincidir que se trata de un proceso por el cual las obras sociales comenzaron a perder afiliados de mayores ingresos que, habilitados a elegir libremente por cualquier cobertura sin importar su actividad laboral, emigraban hacia empresas de medicina prepaga a partir de la derivación de sus aportes.

De esa manera en las entidades sindicales sólo fueron quedando los trabajadores de menores aportes, con los grupos familiares más numerosos. El resultado: un fuerte desfinanciamiento de años en las obras sociales sindicales.

El gobierno limitó el traspaso de afiliados entre obras sociales tras reclamo de la CGT

En el medio, el negocio de las prepagas configuró la creación de un delito: el pillaje de afiliados del que son víctimas hasta estos días las mismas entidades de salud.

En todos esos años, de mediados de los 90 a la fecha, las organizaciones sindicales administradoras de obras sociales comenzaron a denunciar los actos ilícitos y exigir al gobierno un límite en el libre traspaso entre entidades. Algo que quedó cristalizado a inicios de julio, por DNU, tras la promesa del presidente Alberto Fernández a la CGT.

La decisión del Poder Ejecutivo Nacional recibió la unánime aprobación del mundo gremial y se vivió con profunda satisfacción en las instituciones que impulsaron la lucha desde un primer momento.

Es el caso del Sindicato de Pasteleros y su Obra Social Elevar, quien como ya describió este portal, fue víctima de las estafas y el desfinanciamiento producto de la desregulación del sistema.

«Es un acto de justicia y en favor de la salud de los trabajadores»

Luis Hlebowicz, secretario general del Sindicato y la Federación de Pasteleros, calificó la decisión del presidente Fernández como un «acto de justicia» y un «avance hacia la defensa del sistema equitativo y solidario de salud».

«Los argentinos y argentinas somos ejemplo en el mundo por el sistema de cobertura en salud que tenemos, y el decreto del gobierno nacional viene a dar respuesta a un problema que lo ponía en grave riesgo», explicó el dirigente

Para el sindicalista pastelero, «el límite en el traspaso entrega transparencia y previsibilidad a nuestro sistema de salud que se traduce en dar garantías en las prestaciones para nuestros afiliados y afiliadas poniendo freno a un grupo de empresarios que encontraron en la desregulación un sistema de negocios en perjuicio de la salud de nuestros compañeros y sus familias».

Lorenzo Benítez es presidente de Elevar. En su gestión al frente de la obra social batalló contra los engaños a afiliados por parte de empresas que se acercaban a los trabajadores con promesas infundadas. Fueron numerosos los casos de estafas en el sector pastelero.

Estafas a afiliados de obras sociales: el relato de las víctimas

La entidad realizó en todos los casos las denuncias ante la Superintendencia de Servicios de Salud, pero los afiliados perdieron meses e incluso años para subsanar el fraude con los prejuicios en las coberturas que eso conlleva.

Benítez sostiene que «gracias a la lucha de años de obras sociales como la nuestra y de conducciones sindicales, apoyados por la CGT, hemos podido llevar tranquilidad a nuestros afiliados y garantizar a partir de ahora un mejor financiamiento de nuestra entidad y por ende el fortalecimiento de las prestaciones».

El decreto 438/2021 modifica al 504 del 12 de mayo de 1998 y establece que «los trabajadores y las trabajadoras que inicien una relación laboral deberán permanecer un año en la obra social correspondiente a la rama de su actividad antes de poder ejercer el derecho de opción de cambio”.

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