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Mendoza: Se aprobó una reforma al Código Procesal Laboral que amplía la protección de trabajadores

El proyecto establece que los jueces deben atender y declarar en los fallos laborales cuando una norma se contradice con un convenio internacional o con la constitución. Obtuvo media sanción en la sesión virtual de hoy de la Cámara de Diputados.

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El Diputado del Frente de Todos, Marcelo Aparicio  presentó un proyecto de ley para reformar el artículo 70 del Código Procesal Laboral vigente en la provincia de Mendoza. Busca proteger los derechos humanos de los trabajadores. Establece que los jueces deben atender y declarar en los fallos laborales cuando una norma se contradice con un convenio internacional o con la constitución. Obtuvo media sanción en la sesión virtual de hoy de la Cámara de Diputados.

El diputado sostuvo: «Presentamos este proyecto porque queremos corregir una clara desigualdad ante la ley que existe entre el reclamo de un trabajador derivado de sus relaciones laborales, y el reclamo de una persona por las consecuencias derivadas de su accionar en la vida civil».

En la actualidad el Código Procesal Laboral de Mendoza no establece expresamente el deber de los jueces de atender y declarar cuando una norma se contradice con un Convenio Internacional o con la Constitución, a diferencia del Código Procesal Civil donde sí existe y la mayoría de los jueces basan sus sentencias en normas superiores.

«Con el Código Procesal Laboral tal como lo tenemos, una persona que sufre un accidente yendo a una fiesta -a quien le corresponde reclamar en un proceso civil- tiene mayores posibilidades de que se le reconozcan los derechos derivados de las normas superiores, frente a una que lo sufre yendo a trabajar y debe reclamar dentro de un proceso laboral”, detalló Aparicio.

El proyecto incorpora la obligación de los jueces en materia laboral de dictar fallos atendiendo a la supremacía de la Constitución Nacional y Provincial, de los Convenios Internacionales de Derechos Humanos y otros a los que el país adhiera. También el deber de los jueces de realizar un control de convencionalidad y constitucionalidad, a la hora de dictar sus fallos sin necesidad de que las partes se lo requieran.

El legislador, quien además se desempeña como Secretario General de la Seccional Mendoza del gremio SATSAID, expresó que “a la situación de desigualdad planteada, se suman reclamos de profesionales del derecho laboral quienes permanentemente hacen planteos de inconstitucionalidad de distintos aspectos de la Ley de Riesgos de Trabajo en los juicios por accidentes y enfermedades profesionales, y que no encuentran ningún tipo de respuestas favorables».

La iniciativa fue presentada en la legislatura en 2019 y elaborada con la participación de la ahora Diputada Nacional Dra. Marisa Uceda y del Observatorio del Trabajo, un centro de estudios integrado por abogados laboralistas, profesionales especializados en trabajo y sindicatos pertenecientes a la Corriente Federal de Trabajadores de Mendoza.

 

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