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Lonzieme: “En la Ley de Teletrabajo falta presencia de representación sindical”

El titular de la Unión Informática valoró la reglamentación del nuevo régimen aunque remarcó que hubiese sido una gran oportunidad para profundizar en torno a las condiciones de trabajo.

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La Unión Informática (UI) comandada por Ignacio Lonzieme se refirió esta mañana a través de Mundo Gremial acerca de la reciente reglamentación del Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo.

La nueva Ley 27.555 fue rubricada esta mañana a través del Decreto 27/2021 del Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández, el ministro de Trabajo de la Nación, Claudio Moroni y el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero.

Al respecto,  el secretario general de la entidad informática aseguró que es notoria “la falta de presencia de representación sindical en general”.

“El decreto pareciera que se limita a cumplir (y lo hace bien) con las exigencias de la representación empresaria. Hubiese sido una oportunidad para que no solamente se garanticen derechos básicos que tiene el trabajador y la representación sindical, sino también para afinar el lápiz respecto a las condiciones de trabajo que es la ventaja que puede tener el teletrabajo”, detalló el dirigente.

No obstante, desde la organización aseguraron que esta reglamentación “es mucho mejor que el bosquejo anterior, donde el artículo primero era demasiado restrictivo respecto a los trabajadores a los que aplicaría la ley, y en cambio este artículo es más amplio”.

Al mismo tiempo, el referente UI destacó el rol de la fiscalización ya que incluye al sindicato y la información que debe recibir, además del sistema de control y el derecho a la intimidad para garantizar ese espacio.

En referencia al derecho a la desconexión, Lonzieme precisó que “es mucho más específico” ya que “está bien detallado el tema de los husos horarios en los cuales se puede seguir ejerciendo el derecho”.

“Con respecto a la reversibilidad sería importante sumar otra cuestión que es también la falta de presencia sindical. Debería abrirse a que el trabajador pueda tener un espacio laboral, más allá de que se haya iniciado la relación laboral con contrato de teletrabajo”, propuso el dirigente.

Por otra parte, desde el sindicato instaron a que el Ministerio de Trabajo aplique la reglamentación teniendo en cuenta que son muchas las actividades que aún ejercen sus tareas sin protecciones, y no que determine el inicio del cómputo en el plazo de 90 días como se encuentra establecido.

“Habrá que aprovechar la oportunidad que da esta ley en el marco del Ministerio de Trabajo para que emita resoluciones efectivas y en los CCT para establecer normas según las especificaciones de cada actividad que permitan que esta modalidad sea lo tan bueno que dice el sector empresario que puede ser, finalizó Lonzieme.

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