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PARITARIAS

La UTA logró acuerdo salarial para choferes de larga distancia

La Unión Tranviarios Automotor acordó la suma de $42.000 mensuales para los meses de marzo y abril, y la suma $48.000 para los meses de mayo y junio.

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Luego de varios reclamos y negociaciones, la Unión Tranviarios Automotor (UTA) logró un acuerdo salarial para choferes de larga distancia, fijándose la suma de $42.000 mensuales para los meses de marzo y abril, y la suma $48.000 para los meses de mayo y junio, como asignación no remunerativa, y proporcional para el resto de las categorías, todas ellas sin descuento.

El acuerdo se realizó mediante una audiencia virtual a través de la plataforma ZOOM, convocada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, y UTA.

En este sentido, establecieron que para los trabajadores con efectiva prestación de tareas, se fija bajo el concepto de “Básico Conformado” la suma de $46.211, más la suma no remunerativa de $9.200 mensuales, por los meses de marzo a junio ambos inclusive para el personal de conducción y proporcional para el resto de las categorías, en concepto de “anticipo a cuenta de futuros aumentos”.

Asimismo se ratifica la suma de $4.000 en concepto de incremento solidario, para todos los trabajadores del sector con prestación efectiva de tareas y por los meses marzo 2021 a junio 2021.

Además, tal como lo informaron en el documento firmado por las partes “las partes acuerdan asimismo que sobre las sumas convenidas con carácter no remuneratorio de $9.200 ´anticipo a cuenta de futuros aumentos´, habrá de realizarse el aporte a cargo de los trabajadores comprendidos en la obra social de la UTA O.S.C.T.C.P. (3%), cuota sindical (1,5%) y promoción social (1%) para aquellos afiliados a la UTA”.

Por otra parte, convinieron el pago de una contribución extraordinaria a favor de la Obra social de la UTA (O.S.C.T.C.P.) equivalente al 2,50%, calculado sobre la suma convenida. El pago de las sumas y conceptos acordados sólo podrá hacerse efectivo, si las empresas y/o los trabajadores reciben los aportes económicos dispuestos por el Estado Nacional, mediante aporte dispuesto por el REPRO II.

If-2021-47418787-Apn-dnryrt%Mt Acta Audiencia Uta c, Larga Distancia 27-05-21- Acuerdo (1) by Mundo Gremial on Scribd

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