INFORMACIÓN GENERAL

La Justicia ordenó la reincorporación de Facundo Monzón, delegado por SEAMARA, a GEMEZ. S.A

La Justicia Laboral ordeno, en el día de hoy, a la empresa GAMEZ S.A, la reincorporación del delegado de personal de SEAMARA, Facundo Monzón.

Publicado

|

La Sala II del Fuero Laboral resolvió, durante el día de hoy, la reincorporación del delegado de personal de SEAMARA, Facundo Monzón, a la empresa GEMEZ. S.A. Con los votos del Dr. Sudera y la Dra. Vior, se confirmó la medida cautelar concedida en primera instancia por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo 41, ordenando la restitución de Monzón, garantizando el ejercicio de sus funciones sindicales como delegado de personal.

Según un comunicado de la Corriente Clasista y Combativa (CCC), la empresa comenzó el año 2022 con un proceso de “desindicalización” a través de la abogada y militante de Juntos por el Cambio, Florencia Arietto. El mencionado proceso consistió en el despido de trabajadores que ejercían funciones sindicales. En el caso de Monzón, trabajador hace 10 años en SEAMARA, se intentó dos veces aplicarle la expulsión de tutela, mediante “la fabricación de innumerables y burdos supuestos incumplimientos, planteados sin tapujos” por Arietto.

Según explica el documento de la CCC, “Se atribuye groseramente, a un trabajador con muchos años de antigüedad, diez años como delegado de personal, quién además no registra un solo llamado de atención en todo su historial laboral y sindical, haberse transformado intempestivamente en un incumplidor compulsivo” y que además “supuestamente destruye bienes, amenaza y pone en peligro la propia existencia de la empresa”.

En este sentido la organización agregó que “El profundo desconocimiento y desprecio por el del derecho colectivo del trabajo, ha hecho que los procesos de exclusión de tutela iniciados contra Monzón, pretendieran reducirse a una mera formalidad”, recurriendo a “la criminalización de la actividad sindical, mediante denuncias penales fabricadas, y echando mano del inconstitucional art. 30 del Decreto 467/88, buscando así neutralizar la intervención de los jueces del trabajo, como garantes de la protección y vigencia de los derechos sindicales”.

Hacia el final del comunicado, la CCC, sostiene que “La organización sindical es un derecho constitucional en la Argentina, que las y los trabajadores conseguimos con la lucha” agregando además que “debe respetarse, le guste o no a las patronales”, cierra el comunicado que celebró el fallo judicial.

Salir de la versión móvil