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La Justicia falló a favor de los docentes y Larreta deberá devolver los descuentos

Lo dispuso la jueza Castagnino respecto de los paros en pandemia. Además, multó al ejecutivo porteño.

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El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 4, ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que reintegre los descuentos de salarios realizados a miles de docentes que efectuaron medidas de fuerza en el marco de la vuelta a las aulas durante los meses de abril, mayo y junio de 2021.  

La sentencia llegó por la presentación judicial realizada por la Asociación Docente de Enseñanza Media y Superior (ADEMYS), que argumentó: “las huelgas fueron convocadas para resguardar la vida y la salud de los docentes y sus familias, frente a la tozuda decisión del GCBA de mantener la presencialidad y exponer a miles de docentes al contagio masivo de COVID-19 en un momento donde todavía no había vacunación efectiva para los y las trabajadores de la educación”.

Además, la jueza Laura Cristina Castagnino condenó al ejecutivo porteño por “práctica desleal”, con una sanción de 3 millones de pesos, ya que “en los términos del art. 53 incs. e) de la ley 23.551, corresponde aplicar una multa por infracción laboral grave, de conformidad con lo dispuesto por el art. 3o inc. g) de la ley 25.212, cuyo monto fijo, razonablemente, en vista de las constancias y características del caso”. La suma total de la multa “será percibida por la autoridad administrativa del trabajo y destinada al mejoramiento de los servicios de inspección del trabajo”, indica el fallo.

Los gremios habían advertido que la medida adoptada por el jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta y la ministra de Educación, Soledad Acuña, atentaba contra el derecho constitucional a huelga, una de las garantías elementales que tienen los trabajadores en un sistema democrático.

De este modo, la justicia ordenó la “inmediata devolución de los descuentos efectuados por el Gobierno de la Ciudad a los trabajadores docentes de enseñanza media y superior que se adhirieron a las medidas de acción directa convocadas en el mes de abril, mayo y junio de 2021, en el marco del conflicto colectivo suscitado en torno a la presencialidad durante la denominada “segunda ola” de contagios, en la forma dispuesta en el considerando I in fine, bajo apercibimiento de astreintes.”

Sin embargo, desde ADEMYS concluyeron que “si bien es posible que el gobierno apele esta resolución, constituye un paso fundamental y de fondo en la pelea contra el gobierno y en el camino de lograr la devolución efectiva de los salarios descontados por los días de huelga”.

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