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La Justicia falló a favor de Aeronavegantes y la actividad no será servicio esencial

El gremio destacó la resolución que suspende los decretos del ejecutivo nacional. “Querían limitar nuestro derecho a huelga”, señalaron.

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La Justicia Nacional de Trabajo falló a favor de la cautelar que interpuso la Asociación Argentina de Aeronavegantes, que conduce Juan Pablo Brey, al suspender los decretos 825/24 y 831/24 que había sancionado el Gobierno nacional para declarar a la actividad aeronáutica como servicio esencial.

Según señaló el titular de la organización sindical, esta resolución judicial es “muy importante” ya que “el gobierno pretendía limitar nuestro legítimo derecho a huelga”. “Nosotros siempre apostamos al diálogo y al entendimiento, esperemos que las autoridades pertinentes estén a la misma altura”, remarcó Brey.

Cabe destacar que Aeronavegantes había presentado la medida ante el Juzgado Nacional de 1º Instancia Nº 56, a cargo de la Jueza Gabriela Cruz Devoto, el pasado 24 de septiembre para reclamar por el Derecho de Huelga y de Reunión, la Progresividad de los Derechos Laborales la Autonomía y la Libertad Sindical.

Además, el gremio resaltó que el dictamen deja en evidencia que el ejecutivo nacional venía demostrando “conductas lesivas a la Constitución Nacional y al marco protectorio del trabajo”, por lo que con este fallo se podrán resguardar tanto a la entidad sindical como a los tripulantes de cabina.

La Justicia dio lugar a la cautelar de los aeronáuticos y garantiza el derecho a huelga sin servicios mínimos

Recordemos que el 16 de septiembre, en medio del conflicto salarial, el Gobierno de Javier Milei publicó los Decretos 825/24 y 831/24 que declararon como actividad esencial a la aeronáutica, “a los efectos de restringir, sino eliminar, el ejercicio del Derecho a Huelga y a Asambleas en los Lugares de Trabajo de los tripulantes de cabina de pasajeros representados por la Asociación Argentina de Aeronavegantes”.

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