PARITARIAS

Kicillof oficializó ascensos masivos para estatales: ¿a quiénes alcanza?

El gobierno provincial recategorizará a trabajadores de la administración pública a partir del 1 de enero tras el pedido de los sindicatos.

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El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, oficializó este jueves la recategorización de trabajadores estatales dando cumplimiento a uno de los puntos acordados con los gremios en la paritaria.

La decisión fue ratificada en el Boletín Oficial a través del Decreto Nº 1257/2020, que lleva las firmas del mandatario bonaerense, el jefe de gabinete Carlos Bianco, el ministro de Hacienda Pablo López y la ministra de Trabajo Mara Ruiz Malec.

La recategorización se traduce en ascensos y mejoras salariales para miles de empleados públicos y era un compromiso asumido por la gestión Kicillof en octubre del año pasado en las reuniones paritarias con los gremios del sector. Hace cinco años que no se reconfiguraba el escalafón estatal en la provincia.

El decreto dispone «la promoción de grados del escalafón de cada agrupamiento, en forma excepcional, a partir del 1° de enero de 2021, al personal que al 31 de diciembre de 2020 reviste en la planta permanente con estabilidad del régimen de la Ley N° 10.430».

¿A qué estatales alcanza la recategorización?

El ascenso consistirá en el incremento de grados, dentro de los respectivos agrupamientos en los que revistan los agentes al 31 de diciembre de 2020.

Ascenderán dos grados los y las agentes con una antigüedad mayor o igual a cuatro cuatro años; mientras que subirán un grado aquellos y aquellas trabajadoras que cuenten con una antigüedad menor a cuatro años y mayor o igual a dos.

Dentro de la recategorización quedan comprendidas «aquellas personas que sean designadas en la planta permanente del régimen de la Ley N° 10.430 durante 2021, y que hubieran iniciado las actuaciones administrativas a tal fin hasta el 31 de diciembre de 2020 inclusive».

Para el personal que revista un cargo del agrupamiento jerárquico con funciones de jefatura de departamento, «el límite máximo de promoción queda establecido en el grado de oficial principal 2°, categoría 23».

Quienes entre el 2 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2020 inclusive hayan sido promovidos en un número menor a dos grados, «serán ascendidos por la diferencia de grados resultante y los grados promovidos entre el 2 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2020», ambas fechas inclusive.

Quedan exceptuados del ascenso los y las trabajadoras que hubieran sido promovidos en su cargo de revista de planta permanente en dos o más grados entre el 2 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2020.


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