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ANÁLISIS Y OPINIÓN

Indemnización por despido: la ética justicialista como antítesis del pensamiento liberal

Por Maximiliano Arranz, columnista de Mundo Gremial

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Cuando Patricia Bullrich se refiere a la indemnización como “un robo” que “funde empresas”, cuando la U.I.A. nos habla de la “mochila argentina”, y cuando los radicales y el macrismo presentan proyectos contra la indemnización en el Congreso como expresión legislativa de los intereses que representan, están marcando una posición política que va mucho más allá de la simple reforma de una norma laboral.

Según el proyecto 1960–S–2021 del Senador Lousteau, se pretende “aliviar la situación de los empleadores y empleadoras” buscando “dar previsión adicional al momento de crear fuentes de trabajo”. Los argumentos del proyecto de ley parten de la falacia de que la existencia de la protección contra el despido arbitrario sería un obstáculo para la contratación. Por lo tanto, para contratar trabajadores sería necesario que su expulsión sea libre y sin costo. A tales efectos, se dispone la creación de un Fondo Nacional de Cese Laboral con el objeto de “reemplazar paulatinamente todas las indemnizaciones”.

Por su parte, la propuesta legislativa 3461–D–2021 del bloque PRO en diputados, que hace suya la idea del empresario Teddy Karagozian, dispone que “ante caso de despido, fuese este con o sin causa justa, el empleado percibirá una remuneración del Seguro de Garantía de Indemnización”. 

Como podemos observar, todos los caminos conducen al mismo lugar: te echo cuando quiero porque estoy cubierto. Queda claro que la concepción liberal reduce el trabajo a una insignificante cuestión de ordenamiento económico/empresarial.

En cambio, para el justicialismo, el trabajo es un asunto ético y político que hace a la nación.

Ante la avanzada patronal para poder despedir sin causa y sin cargo, analicemos qué dicen los fundamentos filosóficos de nuestra doctrina al respecto.

Como hombre del movimiento nacional justicialista, parto de la premisa que nos dice que existe una sola clase de hombres: los que trabajan.  “Nosotros dividimos al país en dos categorías: una, la de los hombres que trabajan, y la otra, la de los hombres que viven de los que trabajan. Ante esta situación, nos hemos colocado abiertamente del lado de los hombres que trabajan“, dijo Perón en el acto de los obreros carniceros del 17 de julio de 1944.

La declaración de los derechos del trabajador de 1947 habla en su preámbulo de “dignificar el trabajo y humanizar el capital”. Y en las 20 verdades, pronunciadas por primera vez el 17 de octubre de 1950, se puede leer: “En la Nueva Argentina el trabajo es un derecho, que crea la dignidad del hombre, y es un deber, porque es justo que cada uno produzca por lo menos lo que consume”. 

El abogado y filósofo Roberto Magliano nos dice en su trabajo Interpretación y perspectivas de la concepción justicialista: “La actividad humana que recorre y atraviesa tanto el plano individual como el colectivo, tanto el material como el espiritual, es el trabajo. Del pensamiento filosófico-político de Perón, podemos hacernos de cuatro coordenadas básicas para comprender la definición justicialista de trabajo: individuo /comunidad, materia/ espíritu. (…) La coordenada individual se aprecia en la calificación del trabajo como un derecho. Es, además, un derecho creador de dignidad, esto es, de reconocimiento cualitativo y no meramente cuantitativo. La coordenada colectiva se insinúa en el carácter de deber del trabajo, pues solo se ejerce acabadamente el derecho si cumple simultáneamente una función social. La coordenada material se evidencia en la conexión del trabajo con la producción y el consumo. Y la coordenada espiritual pone su marca en la mención a la dignidad y a la justicia, esto es, su remisión a la ética”.

Es evidente que para nuestra cosmovisión el trabajo es mucho más que una mercancía, y su pérdida está más allá de cualquier clase de compensación material. Ante el supremo lugar que ocupa el trabajo en el ethos del pueblo argentino, así como aquellos que generan fuentes laborales dignas debieran ser reconocidos de forma positiva por su aporte a la comunidad organizada, es lógico que quienes las destruyen sin causa justa deben ser penados.

Por último, quiero señalar que en 1891 el Papa León XIII en su encíclica RERUM NOVARUM, dice: “lo realmente vergonzoso e inhumano es abusar de los hombres como de cosas de lucro y no estimarlos en más que cuanto sus nervios y músculos pueden dar de sí”.

Porque pretender despedir sin causa y sin costo no solo es antiperonista, también es anticristiano.

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