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Golpe final a Sola en el Seguro: la Justicia anuló las elecciones por fraudulentas

Los dos jueces que integran la Cámara de Apelaciones del Trabajo revocaron el proceso electoral con un grave llamado de atención al ministerio de Trabajo bajo conducción de Dante Sica.

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Jorge Sola

Por unanimidad, los dos jueces de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Néstor Brunengo y Luis Catardo, anularon el proceso electoral realizado el 3 de julio de 2019 en el sindicato del Seguro declarando “la nulidad de la Resolución Ministerial nro.1526/2019 y de todos los actos administrativos que hayan sido dictados en su consecuencia”.

La resolución judicial voltea el ambicioso plan de Jorge Sola de querer quedarse con el gremio con procedimientos ilegales. Con el histórico secretario general Raúl Martínez imposibilitado desde hace tiempo de ejercer la fuerte actividad diaria que demanda el sindicato por cuestiones de salud, quedaría como sucesor natural Miguel Méndez, el actual secretario adjunto del gremio; y quien es el impulsor de la denuncia por fraude electoral.

De esta manera queda sin efecto la resolución administrativa 1526/19 que emitió el ex ministro de Trabajo Dante Sica el último día de su gestión, que validaba el fraudulento proceso electoral que llevó adelante el oficialismo adelantando las elecciones más de 422 días algo “ilegal” según el abogado patrocinante de los denunciantes, Enrique Rodríguez, y como demostrado con esta “sentencia definitiva”.

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Haciendo cronología: el 22 de mayo de este año vencieron los mandatos de Martínez y Méndez y solamente se podrían haber adelantado las elecciones 120 días para atrás según el Estatuto del Seguro; sin embargo, las elecciones se hicieron el 3 de julio de 2019 (las había convocado el Consejo Directivo en marzo de 2019, de ahí los 422 días de anticipo).

Dice el fallo: “Cabe concluir que la resolución 1526/2019 fue dictada de modo irregular. En efecto, ante el pedido de revocatoria y nulidad por parte del sindicato del Seguro, la Cartera de Trabajo se debió haber inhibido de intervenir porque la resolución 758/2019 que revocara estaba a conocimiento de la Sala V de esta Cámara, tal como sostiene el impugnante Migual Angel Méndez en su recurso”.

A propósito: ¿Le cabe alguna penalidad a Sica por este incumplimiento legal?

Claro está que la resolución judicial que se conoció hoy anula la certificación de autoridades de carácter provisorio emitida por las actuales autoridades del ministerio de Trabajo; acordada que también llamó la atención por el proceso judicial que estaba en marcha. ¿No lo sabían los funcionarios?

Por llamarlo de alguna manera el ministerio de Trabajo quedó en un intríngulis que llega a tal punto que la cartera laboral está obligada a darle curso a la resolución 489/23 del ministro Claudio Moroni que prorroga hasta 2021 los mandatos de las autoridades que debían someterse a proceso eleccionario a partir de marzo de este año.

Es que esta normativa, del 5 de mayo último, fija en su artículo 2° la prórroga “desde el dictado de la presente y por 180 días a partir del 30 septiembre de 2020 los mandatos de los miembros de los cuerpos directivos, deliberativos, de fiscalización y representativos de las asociaciones sindicales, federaciones y confederaciones registradas ante la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales dependiente del Ministerio (…) y los mandatos de los delegados de personal, comisiones internas y órganos similares que hubieran vencido a posteriori del 16 de marzo de 2020”.

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