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ANÁLISIS Y OPINIÓN

Ganancias: cálculo del incremento de la deducción especial para el medio aguinaldo

Incremento de la deducción especial para la primera cuota del aguinaldo 2013. Detalles y casos prácticos. Ejemplo para su cálculo y determinación.

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Como sabemos, el Gobierno nacional eximió del pago del Impuesto a las Ganancias a la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC) de 2013. Para ello, el viernes pasado se publicó en el Boletín Oficial el decreto 1006/2013, mediante el cual se incrementa  la deducción especial establecida en el inciso c) del artículo 23 de la ley de impuesto a las ganancias, hasta un monto equivalente al importe neto de la primera cuota del Sueldo Anual Complementario.

El importe de la mencionada deducción será al equivalente de obtener el importe neto de la primera cuota del Aguinaldo, para lo cual, al Monto Bruto del Aguinaldo se le deberán detraer los aportes correspondientes al:

Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) o, en su caso, los que correspondan a cajas Provinciales, Municipales u otras

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados,

Régimen Nacional de Obras Sociales

Cuotas sindicales ordinarias.

Lo dispuesto tendrá efectos exclusivamente para la primera cuota del Sueldo Anual Complementario devengado en el año 2013 y para los sujetos cuya mayor remuneración bruta mensual, devengada entre los meses de enero a junio del año 2013, no supere la suma de $ 25.000.

El beneficio derivado de lo dispuesto deberá exteriorizarse en el recibo de haberes del mes de julio del año 2013. A tal efecto los sujetos que deban actuar como agentes de retención identificarán el importe respectivo bajo el concepto “Beneficio Decreto Nº 1006/2013”.

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