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INFORMACIÓN GENERAL

Entró en vigencia la exención de Ganancias para las guardias médicas

El Gobierno lo difundió a través del Boletín Oficial luego de su aprobación legislativa.

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Tras la aprobación de la Cámara de Diputados y Senadores, el Gobierno nacional promulgó la modificación del artículo 27 de la ley 27.718 de Impuestos a las Ganancias, por el cual, los trabajadores de la salud tendrán la eximición en las guardias obligatorias. La medida se comunicó esta mañana a través del Boletín Oficial.

Según la información del decreto 260/2023, las guardias activas o pasivas y las horas extras realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud, no serán alcanzadas por el tributo siempre y cuando la prestación del servicio se realice en centros de salud públicos o privados en todo el territorio nacional.

“El beneficio de este apartado debe indicarse, en el recibo de haberes correspondiente al sujeto que tenga a su cargo el pago de la remuneración y/o liquidación del haber, identificándolo con la leyenda “Exención segundo párrafo del artículo 27 de la Ley de Impuesto a las Ganancias para las trabajadoras y trabajadores de la salud”, informa el artículo segundo del documento oficial.

Recordemos que el proyecto impulsado por el legislador nacional del Frente de Todos y ex ministro de Salud bonaerense, Daniel Gollán, había sido aprobado por ambas cámaras en el Congreso a mediados del pasado mes de abril. La propuesta era definida como “positiva” y necesaria para evitar el “desincentivo” en los trabajadores.

Senadores aprobaron la exención de Ganancias para los trabajadores de la salud

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