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INFORMACIÓN GENERAL

El programa Puente al Empleo fue compatibilizado para incluir al de Inserción Laboral

Lo comunicaron a través del Boletín Oficial. Modificaron el reglamento por el que se oficializó la semana pasada.

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El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación efectuó los cambios en el reglamento del Programa de Inserción Laboral (PIL), para que sea compatible con los beneficios que otorga el plan Puente al Empleo, tal como se decidió a través de la Resolución 1400/2022 publicada en el Boletín Oficial.

En el documento, se informa que a partir de ahora el PIL tendrá las mismas condiciones a los empleadores que posee Puente al Empleo, ya que las empresas que quieran adherir al PIL ahora lo podrán hacer únicamente si los nuevos empleados representan un «incremento neto en la nómina del personal«, tomando como base el periodo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.

En tanto, no podrán acceder ahora aquellas firmas que se enmarquen dentro del Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda, o que estén incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal).

Por su parte, el plazo máximo de incorporación de trabajadores al programa, en el caso de contratos a plazo fijo, ahora será de seis meses en lugar de dos. Para los contratos de trabajo de temporada, sólo podrán adherirse «por períodos mensuales continuos y durante el primer ciclo, estación o temporada y por el término máximo de seis meses”.

Recordemos que el Ministerio que conduce Sergio Massa, dispuso que varios programas confluyan en Puente al Empleo, tal son los casos del Programa Acompañar, Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local «Potenciar Trabajo», Programa Jóvenes y Mipymes, y el Programa Fomentar Empleo.

Puente al Empleo busca transformar los planes sociales en empleo, permitiendo que el empleador, una vez que se acoja al programa, impute la asignación dineraria de los programas sociales o de empleo a cuenta del pago de la remuneración. Dichas empresas reciben una reducción de hasta el 100% en las contribuciones patronales por cada empleado que sea beneficiario de estos programas.

El PIL pretende promover la inserción laboral de las personas con mayores dificultades de empleabilidad a través de una ayuda económica a las empresas, y abarca a desocupados que perciben el Seguro por Desempleo, el Progresar, egresados de cursos de formación profesional, e inscriptos en programas del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, entre otros programas.

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