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INFORMACIÓN GENERAL

El gremio de Estaciones de Servicio calificó de “ilegal” que el Gobierno no homologue acuerdos salariales

Desde el sindicato advirtieron que habrá una “escalada de conflictos” tras la decisión informada desde el ejecutivo.

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El Sindicato de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio (SOESGyPE) se manifestó contra la resolución del Gobierno nacional de no homologar los acuerdos paritarios que superen el 2% a partir de octubre próximo y aseguró que esta medida es de una “ilegalidad manifiesta”. Además, advirtió que habrá “una escalada de conflictos”.

En ese sentido, el gremio estacionero se hizo eco de la primicia de Mundo Gremial y su representante legal, Enrique Rodríguez, declaró que el ejecutivo nacional “está cometiendo un acto ilícito” ya que “no puede negarse a firmar un acuerdo entre privados solamente por una intención ideológica o manera de pensar como se demuestra que es este caso”.

El Gobierno avisó a los sindicatos que no homologará aumentos superiores al 2% a partir de octubre

En diálogo con el portal surtidores.com.ar, el abogado laboralista anticipó las consecuencias que tendrá esta imposición ya que los sindicatos seguirán buscando “recomponer los sueldos de los trabajadores en un contexto de alta inflación”, en medio de un ajuste “inaceptable” y que llevaría a “movilizaciones masivas en defensa de sus derechos”.

Según destacó Rodríguez, la única justificación válida para que la autoridad competente se niegue a refrendar un convenio colectivo es por un incumplimiento normativo, por lo que el estado de incertidumbre afectará a todas las partes, que se ordenan con la Ley 25.877 de Reordenamiento Laboral.

Al respecto, explicó que los trabajadores verán frustradas sus expectativas salariales, los gremios observarán cómo se desdibuja su poder de negociación y los empleadores carecerán de la seguridad jurídica necesaria para aplicar los acuerdos alcanzados en las paritarias.

Recordemos que los convenios colectivos de actividad entran en vigencia el día de su homologación y que la Secretaría de Trabajo tiene un plazo de 30 días para realizar las observaciones pertinentes. Si en ese plazo no se presenta ningún reclamo, se considera que el acuerdo queda aprobado de manera tácita.

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