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INFORMACIÓN GENERAL

El Gobierno prorrogó las prestaciones por desempleo hasta el último día del año

Es para los vencimientos que se produzcan entre el 1° de agosto y el 30 de noviembre próximo.

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El Ministerio de Trabajo de la Nación anunció la prórroga de las prestaciones por desempleo hasta el 31 de diciembre de este año para los vencimientos que se efectúen entre el 1° de agosto y el 30 de noviembre próximo.

La medida fue oficializada por la cartera conducida por Claudio Moroni a través de la Resolución 890/2021 y establece que las cuotas de prórroga serán mensuales y con un monto equivalente al 70% de la prestación original.

La iniciativa consideró “la emergencia pública en materia ocupacional”, que luego fue ampliada por los decretos 528/2020, 961/2020 y 39/2021.

Trabajo, además, justificó la medida ante “el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional”, la cual “requirió la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a la emergencia sanitaria, dando lugar al dictado del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020, y sus modificatorios y complementarios”.

“Si bien a partir de la apertura y reanudación del desarrollo de distintas actividades productivas y de servicios, ha comenzado a reactivarse la actividad económica en determinados sectores, con su consecuente impacto en el empleo, aún persisten en cierta medida las circunstancias y razones que motivaran el dictado de las resoluciones antes mencionadas”, precisó el documento.

Asimismo, se explicó que la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) llevará adelante los cruces informáticos y controles necesarios para determinar el derecho a percibir tales prestaciones.

En simultáneo, el decreto fijó que el total de cuotas será de 30, “contadas desde la primera cuota otorgada en aplicación del artículo 117° de la Ley 24.013 o el artículo 6° de la Ley 25.371, el límite máximo de cuotas de prestaciones por desempleo a percibir por las y los titulares de prestaciones cuyos vencimiento fueran prorrogadas por las resoluciones mencionadas”.

Por último, el documento oficial precisó que la Dirección Nacional de Promoción y Protección del Empleo se encargará de ejecutar dicha resolución y se encontrará facultada para dictar las normas aclaratorias para cumplir con los objetivos fijados.

Quiénes lo cobran

La prestación por desempleo está dirigida a aquellas personas desempleadas y donde su relación laboral previa se encontraba regida por la Ley de Contrato de Trabajo.

Se podrá solicitar en caso de haber sido trabajador en relación de dependencia y haber sufrido el despido sin causa justa, por finalización de contrato de trabajo, o causas externas, que se encuentren comprendidas dentro de la LCT.

Además, se podrá acceder en paralelo a las asignaciones familiares y a la obra social a la que se encontraba afiliado el trabajador.

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