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Día del Empleado de Comercio: deberá cobrar doble si trabaja

Hoy los mercantiles celebran su día y durante toda la jornada habrá escasa actividad en el sector.

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El Día del Empleado de Comercio se festeja todos los años por ley 26.541. La fecha original es el 26 de septiembre, pero por acuerdo del gremio mercantil y los empresarios este año se trasladó al 23 para armar un fin de semana largo y los trabajadores provechen mejor la jornada.

Serán muchos los negocios que no abrirán. Sobre todos las grandes cadenas de supermercados y comercios instalados dentro de los shopping.

Este lunes tendrás las características de un feriado, para los compradores; y para los empleados, también. Porque si un trabajador tiene que trabajar deberá recibir remuneración doble.

La actividad comercial será más bien escasa. Los shopping abrirán sus puertas pero funcionarán únicamente el patio de comidas, los cines y los estacionamientos. El resto de los negocios estarán cerrados.

Tampoco funcionarán la mayoría de las cadenas de supermercados más importantes, como es el caso de Jumbo y Carrefour, que ya anunciaron en su páginas web el cierre de sus sucursales.

En cuanto a los comercios comunes, con puerta a la calle, dependerá de cada caso, según fuentes de la CAME.

«Habrá negocios que abrirán igual y pagarán a sus empleados como si fuera un feriado. Otros darán franco y algunos serán atendidos por sus propios dueños», comentaron voces del sector a Clarín.

La fecha en cuestión tiene su origen en la ley 11.729 que fue sancionada el 26 de septiembre de 1933. Esta estableció el régimen de indemnizaciones por despido, las vacaciones anuales pagas, maternidad y, entre otras cosas, el aguinaldo. Finalmente, quedó instituido en el Convenio Colectivo de Trabajo 130 de 1975 en su artículo 76°.

«Los empleados mercantiles tendrán la opción de prestar o no servicios laborales durante el lunes 23, con todos los efectos y alcances de la mencionada Ley, que asimila dicha conmemoración a los feriados nacionales. Estos días no exigen el otorgamiento de un descanso compensatorio cuando se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100%», precisa la Cámara Argentina de Comercio en un artículo de su sitio web.

Esto significa que en el caso de que los comercios decidan abrir y convocar a los trabajadores deberán abonar un 100% más de la remuneración habitual, tal como indica la Ley de Contrato de Trabajo.

El feriado se suspendió durante la última dictadura militar y se restauró en 2010, luego de que en noviembre de 2009 el Congreso Nacional sancionara la ley 26.541.

Por ende con gran adhesión los supermercados, shoppings y locales comerciales de todo el país cerraron las puertas para celebrar el feriado.

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